Sentencian que la UE puede fijar cuotas superiores a las que aconsejan los científicos para no paralizar la pesca
PESCA Y MARISQUEO
«La Justicia europea avala la gestión pesquera basada en la sostenibilidad económica, social y ambiental», se felicita el ministro Luis Planas
11 ene 2024 . Actualizado a las 18:02 h.El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó este jueves que los Totales Admisibles de Capturas (TAC) que los países de los Veintisiete fijaron para ciertas poblaciones de peces en el 2020 atendieron los dictámenes científicos y que su nivel no fue inadecuado. La corte con sede en Luxemburgo respondió así a una cuestión prejudicial planteada a través de una oenegé, que denunció la fijación de cuotas superiores a lo debido en aguas de Irlanda. «La justicia europea avala, con este fallo, la gestión pesquera basada en la sostenibilidad económica, social y ambiental», se felicita Luis Planas, ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El fallo judicial desatiende el dictamen no vinculante de la abogada general de la UE, quien consideraba que los cupos debían atenerse a la sostenibilidad biológica, anteponiéndola a la social y la económica.
Supone un alivio para el sector pesquero gallego, español y comunitario, así como para la propia UE. Su posible impacto sobre las cuotas presentes y futuras quedó patente en el Consejo de Ministros de Pesca que aprobó las de este año y, en nueve poblaciones, las del próximo. Parte quedaron condicionadas al fallo judicial de hoy, porque podría determinar la capacidad de los ministros de la UE para fijar las cuotas por encima de las recomendaciones científicas. Ante esa posibilidad, oenegés ya exigieron un cupo cero para 25 stocks del Atlántico.
Desde Pesca señalan en un comunicado que el TJUE respalda al Consejo de la UE. «Tal y como estábamos convencidos, de que había actuado correctamente». «La sentencia es clara», subraya Planas porque los TAC cuestionados se fijaron sobre la base de los mejores dictámenes científicos para que la actividad pesquera se pueda llevar a cabo manteniendo el estado biológico de las poblaciones de peces, así como el empleo y modo de vida ligada a la pesca.
Pesca incide en que el Consejo actuó de una manera acorde a sus prerrogativas y de una manera adecuada, conjugando la conservación de los recursos marinos con los intereses de la actividad pesquera. Remitiéndose a la sentencia, el ministerio apunta que el problema de fijar TAC cero para determinadas poblaciones podía dar lugar al cierre prematuro de las pesquerías y, en consecuencia, condicionar la viabilidad económica de las flotas y la vida de las personas dependientes de dichas actividades.
«Esta sentencia respalda la gestión pesquera que desarrollamos de acuerdo con la Política Pesquera Común en su artículo 2, que es garantizar que la gestión de la pesca y la acuicultura se realice de forma coherente con los objetivos de generar beneficios económicos, sociales y de empleo», argumenta Planas.
«Mantenemos nuestro más férreo compromiso con una gestión pesquera sostenible y responsable, que asegure la conservación del medio marino, pero que también propicie las condiciones que permitan al sector desarrollar una actividad rentable y competitiva», añade.
La onegé ecologista Friends of the Irish Environment denunció ante la Justicia de Irlanda los TAC establecidos por la UE para el 2020. Ateniéndose al dictamen científico del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (ICES), argumentaba que las cuotas de bacalao, al merlán y a la solla en aguas que rodean Irlanda y entre esa isla y Francia debían haberse fijado en cero para garantizar la sostenibilidad de las poblaciones.
Ahora, los jueces europeos desoyen el pronunciamiento de Tamara Capeta, abogada General del Tribunal de Justicia, quien abogaba por invalidar los cupos acordados por el Consejo de Ministros de Pesca, superiores a los recomendados por los científicos.
En una sentencia publicada hoy, el TJUE concluye hoy que los controvertidos TAC «fueron fijados sobre la base de los mejores dictámenes científicos disponibles, en un nivel que no es manifiestamente inadecuado para conciliar el objetivo de continuación de las pesquerías mixtas y el de restablecer la buena situación biológica de las poblaciones afectadas».
Además, añade el tribunal, «se vieron acompañados de medidas correctoras idóneas para limitar las capturas accesorias efectuadas en el 2020 en las poblaciones objeto de esos TAC y, en consecuencia, el impacto de las pesquerías mixtas en cuestión en tales poblaciones». De ello, deriva que «al adoptar dichos TAC, el Consejo no sobrepasó manifiestamente los límites de su facultad de apreciación».
El caso fue llevado ante el Tribunal Superior de Justicia de Irlanda, que tenía «serias dudas» sobre la legalidad de los límites de pesca de la UE, e intensificó el procedimiento, pidiendo al TJUE que se pronunciara.
«Aporta claridad»
Desde la organización ecologista ClientEarth dijeron que «el fallo de hoy aporta claridad: en el futuro, aprobar la sobrepesca de poblaciones objetivo es ilegal. Sin embargo, es decepcionante que el Tribunal no haya seguido la opinión de la abogada general y no haya confirmado que la obligación de poner fin a la sobrepesca se aplica igualmente a las poblaciones de peces capturados accidentalmente».