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Noventa mil euros de sanción por transportar desde Pontevedra madera quemada de pino de una zona en cuarentena

Alfredo López Penide
López Penide PONTEVEDRA / LA VOZ

FORESTAL

CEDIDA

La multa fue confirmada por el TSXG a pesar de que las muestras dieron negativo en el nematodo del pino

01 mar 2023 . Actualizado a las 12:13 h.

En agosto del 2018, el seguimiento por parte de la Guardia Civil de Pontevedra de un camión permitió determinar que había transportado madera quemada de pino extraída de una zona del sur de la provincia que se encontraba en cuarentena para combatir la plaga del nematodo. De este modo, el 2 de agosto, se observó como el vehículo cargaba veinticinco toneladas de Pinus pinaster en la ladera Este del monte San Nomedio para, acto seguido, tomar la autovía A-52 y enfilar en dirección a Ourense, toda vez que su destino era una empresa segoviana especializada en la elaboración de pallet para combustión.

Fue allí donde se procedió a la inmovilización de la carga, al tiempo que los guardias civiles pontevedreses daban cuenta a las autoridades competentes en materia de Sanidad Vegetal de la Junta de Castilla y León. Esto determinó que, al día siguiente, se personasen inspectores de Sanidad Vegetal de la Junta de Castilla y León para tomar siete muestras del transporte de madera.

En paralelo, se cursó una denuncia ante la Consellería de Medio Rural por «realizar transporte de madera de pino quemada fuera de zona demarcada sin tratamiento fitosanitario y sin contar con autorización». En este punto, desde la Guardia Civil se incidió en que el monte San Nomedio «tiene la consideración de zona demarcada por la autoridad forestal en la lucha contra la plaga de nematodo del pino y sin que se solicitase ni obtuviese concesión de la autoridad administrativa ni se respetase ninguna de las condiciones para la extracción de madera de las zonas demarcadas».

Con consecuencia de estos hechos, se interpuso una sanción de cien mil euros, cantidad que finalmente se redujo a noventa mil euros atendiendo a que, «si bien los resultados de las muestras fueron negativos, y si bien no hubo riesgo concreto, sí que lo hubo abstracto». Así lo recoge la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) a la hora de ratificar esta multa.

En la resolución, además, se refleja que en «la documentación que acompaña la carga se indica como zona de origen de la madera el Concello de Nigrán y no la de As Neves». De igual modo, se remarca que no desvirtúa «la realidad de los hechos denunciados el hecho de que los resultados de los análisis fueran negativo», esto es, «no se localiza en ninguna de ellas el nematodo Bursaphelenchus xylophilus».

Tras remarcar «el riesgo potencial de contagio», el TSXG considera proporcionada la sanción de noventa mil euros impuesta por Medio Rural y concluye que la misma no ha prescrito. Esta sentencia es recurrible ante el Supremo.