Patrocinado porPatrocinado por

Guiar a los turistas computará para renovar el permiso de marisqueo

E. Abuín REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

MONICA IRAGO

También se tendrá en cuenta el tiempo empleado en representación de las cofradías

09 dic 2019 . Actualizado a las 05:00 h.

El DOG (Diario Oficial de Galicia) del último día de diciembre no publicará, como es costumbre, el plan xeral de explotación marisquera. No porque el año que viene no se vaya a extraer marisco de las playas gallegas, desde luego, sino porque el texto será calcado al que ya apareció en esas páginas el 31 de diciembre del 2018. Ocurre que el nuevo decreto que regula el régimen de conservación y explotación de los recursos marisqueros y las algas -ya aprobado en el Consello da Xunta pero pendiente de publicación en el DOG-, prorroga el plan de este año hasta diciembre del que viene.

En el caso de los recursos específicos, la vigencia se extenderá hasta el último día del 2021. Mientras tanto, las cofradías y agrupaciones sectoriales tendrán que ir redactando los planes de trabajo que, a partir de la entrada en vigor del decreto, serán por tres años. Los primeros comprenderán el período del 2021 al 2023

Ese cambio en la vigencia es solo una de las novedades de un decreto que pretende incorporar un nuevo concepto de plan de explotación marisquera, documento de trabajo que, a partir de ahora, incluirá objetivos biológicos, ecológicos, económicos y sociales a tres años, así como niveles de referencia e indicadores para su seguimiento. Las alteraciones también afectan a los días de trabajo y a la forma de computar las jornadas a efectos de renovación del pérmex (permiso de explotación).

Plan marisquero: explotación sostenible

El objetivo de estos instrumentos es garantizar una gestión sostenible de los recursos marisqueros y de las algas, teniendo en cuenta aspectos medioambientales, económicos, sociales y de empleo. Esas hojas de ruta por las que se guiarán las cofradías regularán medidas técnicas, horarios, régimen de uso de las artes marisqueras y, si se tercia, límites de capturas, capacidad y esfuerzo pesquero.

Además podrán incluir otras actividades aparte de las labores extractivas, como puede ser el control de las zonas, las actividades de semicultivo necesarias para mejorar la producción o recuperar zonas y actividades de turismo marinero.

Planes de menos duración para nuevas especies

Aunque la duración de los planes será por tres años, también será posible presentar propuestas de gestión para un período inferior cuando se trate de nuevas especies o se experimenten nuevas zonas o, incluso, se prueben aparejos o técnicas diferentes a las habituales. Eso permitirá comprobar la viabilidad de la explotación antes de darle contenido de tres años de plan.

Adaptación al cambio climático

Los nuevos planes de gestión marisqueros tendrán que recoger entre los objetivos generales aspectos biológicos y ecológicos relacionados con el uso sostenible a largo plazo de los recursos marisqueros, sin olvidar las cuestiones sociales y económicas. En este sentido, incluirán medidas de adaptación al cambio climático. 

Actividad en días no laborables

El texto del decreto recoge que «as actividades de marisqueo poderán exercerse durante todos os días do ano». Pero a renglón seguido aparece que, con carácter general, se realizarán de lunes a viernes, excepto en festivos autonómicos y nacionales. Ahora bien, esa fórmula deja abierta la posibilidad de mariscar en fechas no laborables, sea en la comunidad autónoma o de ámbito estatal, así como en sábados, y días de Semana Santa y diciembre, siempre que así recoja en el plan de gestión. También se deja abierta la opción de que, en supuestos extraordinarios, como los derivados de causas medioambientales, meteorológicos o cualquier otra circunstancia que afecte al normal desarrollo del plan se pueda faenar en días no previstos en el calendario. 

Habilitación con pérmex

No podrá mariscar cualquiera. Como hasta ahora, para extraer marisco o algas de las playas habrá que estar en posesión de la perceptiva habilitación. Aunque tendrán acceso a la explotación los miembros de las entidades que firman el plan de gestión, también se podrán recoger acuerdos previos entre las distintas entidades para permitir el acceso de sus miembros. 

Limpiezas y rareos 

Los rareos y traslados de semillas, trabajos de limpieza en los bancos naturales, las labores de vigilancia, cuidado y control podrán realizarse todos los días del año. Las dos primeras tareas requerirán autorización previa, no así las de protección de las autorizaciones. También las actividades de turismo marinero, que serán compatibles con el ejercicio del marisqueo, podrán realizarse los 365 días del año.

Renovación de pérmex

Para renovar el permiso de explotación, las mariscadoras tendrán que acreditar actividad suficiente en el año anterior. En este sentido, los días que dediquen a rareos, traslados, trabajos de siembra, limpiezas o vigilancia podrán computar para justificar la actividad mínima que se requiere para renovar el pérmex, siempre que así se especifique en el plan de gestión aprobado.

Lo mismo sucede con las jornadas que las productoras dedican a actividades de turismo marinero si esas actuaciones figuran en el documento y si esas tareas coinciden con un día de actividad extractiva. El justificante deberá expedirlo la entidad titular del plan de gestión.

Cargos liberados 

Los patrones mayores, presidentes de las agrupaciones sectoriales o de las federaciones de cofradías, así como sus sustitutos y personas en las que deleguen tendrán justificada su inactividad cuando tengan que emplear en labores de representación las horas en las que deberían estar trabajando.

Libre marisqueo

Las zonas de libre marisqueo seguirán rigiéndose por normas de explotación, que incluirán un calendario de extracción y los topes de captura por zonas. Su redacción correrá a cargo de la Consellería do Mar. Ahora bien, cuando la explotación de un banco sea susceptible de mejora significativa, la Xunta otorgará el aprovechamiento en exclusiva de zonas libres a entidades de interés colectivo que trabajarán con un plan específico de gestión. Incluirá una relación de personas y barcos autorizados a faenar. 

A partir de la entrada en vigor del texto, los planes de gestión de recursos específicos deberán presentarse, como muy tarde, el 1 de octubre del año anterior al de arranque. Si se trata de los planes de recursos marisqueros en general (moluscos bivalvos y gasterópodos) el plazo se amplía hasta el 1 de noviembre.

Algas y sargazos

Plan para unas, libertad para los otros. La explotación de algas tendrá que realizarse en el marco de los planes de gestión propuestos por las entidades de interés colectivo o las empresas de transformación o comercialización de este recurso. Las primeras tendrán acceso preferente al aprovechamiento de algas y, además, el decreto recoge que no se van a conceder más planes de gestión a empresas en zonas explotadas por las entidades de interés colectivo hasta que no se evalúe el impacto de la actividad en el ecosistema marino de esas zonas. Sin embargo, la recolección de sargazo se realizará libremente durante todo el año y no requerirá autorización de la consellería siempre que se realice de modo no intensivo y no suponga una alteración de las adecuadas condiciones del medio marino.

Percebe

Posibilidad de reservar zonas para extraer mejilla. La explotación de este recurso podrá realizarse por entidades de interés colectivo dentro de sus concesiones o una gestión conjunta de varias entidades y sus respectivos ámbitos territoriales. Además, podrán reservar zonas para la extracción de semilla de mejillón.

Erizo

Con veda fija. El calendario de explotación del equinodermo podrá decidirla cada entidad que suscriba un plan de gestión, pero deberá desarrollarse entre el 2 de enero y el 30 de abril y del 1 de octubre al 31 de diciembre, dejando cinco meses de veda.

Crustáceos

Vedas marcadas por la Xunta. Será la consellería la que marcará las normas de conservación y explotación para todos los crustáceos distintos del percebe. Decidirá medida técnicas y, en su caso, límites de captura, capacidad y esfuerzo pesquero. Además, para todas las especies que no sean cangrejo real y, de nuevo percebe, Mar podrá establecer un período de veda en función de factores biológicos y que podrán ser distintas en diferentes zonas de Galicia.