La sentencia se aplicará caso a caso y no de oficio

Julio Á. Fariñas REDACCIÓN / LA VOZ

ESPAÑA

Los efectos negativos serán más preocupantes para asuntos de delitos comunes muy graves que para los de terrorismo

22 oct 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

Inés del Río Prada, la etarra que llevó al tribunal de Estrasburgo la doctrina Parot, será de momento, la única beneficiada por la sentencia hecha pública ayer por la Gran Sala de ese tribunal que confirma en todos sus términos la dictada en julio del año pasado en la que por mayoría abrumadora -15 votos contra dos- decía que aplicar con carácter retroactivo la denominada doctrina Parot en la liquidación de las condenas vulnera el artículo séptimo -«no hay pena sin ley»- del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El tribunal estima que la demandante no podía prever que el Tribunal Supremo modificaría su jurisprudencia en febrero del 2006 ni que tal modificación le sería aplicada y supondría aplazar en casi nueve años la fecha de su puesta en libertad, del 2 de julio del 2008 al 27 de julio del 2017. Por lo tanto, la demandante ha cumplido una pena de prisión superior a la que tendría que haber cumplido según el sistema jurídico español en vigor en el momento de su condena». La sentencia fija una indemnización de 30.000 euros por «daños morales». Que vaya a cobrar, según fuentes judiciales, es harto improbable, ya que ella aún no indemnizó a su víctimas.

El pleno de la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional convocado para hoy con carácter extraordinario para abordar la aplicación de la sentencia, según fuentes judiciales, se limitará a decidir la inmediata excarcelación de la etarra recluida en la prisión coruñesa de Teixeiro, pero no se plantea su aplicación de oficio a los potenciales beneficiarios, cuyos expedientes serán revisados uno a uno y siempre a petición de parte, aunque el criterio a seguir será el que fije en breve el pleno del Supremo, que es el competente en materia de unificación de doctrina.

¿Qué es la doctrina Parot?

Es la que estableció el Tribunal Supremo en febrero del 2006 para evitar que los delincuentes, especialmente los terroristas, condenados conforme al Código Penal de 1973 pudieran salir de prisión antes de cumplir la pena máxima de 30 años, a consecuencia de los beneficios establecidos en la legislación penitenciaria de la época. El nombre le viene de que al primero que le se aplicó fue a Henri Parot, que iba a salir a la calle con solo 16 años de cumplimiento efectivo, tras haber sido condenado por un atentado en Zaragoza con 11 víctimas mortales.

¿Qué acogida ha tenido en el mundo judicial la sentencia de Estrasburgo?

Todo el mundo -jueces y fiscales del Supremo y la Audiencia Nacional- la tenían muy asumida, ya que recoge íntegramente las tesis de los votos particulares formulados por tres magistrados en la sentencia de mayo del 2006 en la que la mayoría del alto tribunal estableció lo que se conoce como doctrina Parot.

¿En qué se basó la mayoría que respaldó esa doctrina y qué permitía su aplicación con carácter retroactivo?

Consideraban que no se estaban aplicando adecuadamente las penas impuestas y que aplicarle los beneficios penitenciarios a cada una de ellas por separado y no a la pena máxima no significaba una modificación de las mismas. El Tribunal Constitucional avaló la doctrina Parot en marzo del año pasado, cuando desestimó la mayoría de los recursos presentados por una treintena de presos, la mayoría etarras. El Constitucional no se pronunció sobre la cuestión de fondo -la constitucionalidad de la doctrina Parot-, sino que analizó caso por caso. Cinco magistrados habían emitido un voto discrepante al entender que la doctrina en cuestión «carecía de lógica y de base legal» y que además lesionaba el derecho fundamental a la libertad.

¿A qué condenados es aplicable la sentencia?

A los que lo fueron con arreglo al Código Penal de 1973 y por hechos anteriores a mayo de 1996, fecha de entrada en vigor de un nuevo Código Penal.

¿Cuántos terroristas siguen en prisión como consecuencia de la aplicación de la doctrina Parot?

A día de ayer: 60 etarras -61 de aquí a finales de año-, 7 miembros de los GRAPO, uno de los GAL y un independentista gallego del desaparecido Exército Guerrilheiro do Povo Galego Ceive.

¿Cuántos delincuentes comunes?

Según estimaciones de distintas fuentes judiciales, pudieran ser unos 15, la mayoría violadores y/o asesinos. Entre ellos están Miguel Ricart, el asesino de las niñas de Alcácer, y Pedro Luis Gallego, un mecánico de Valladolid conocido como el violador del ascensor. La revisión de sus condenas con arreglo a la sentencia corresponderá a las audiencias provinciales.

¿Cuáles serán las consecuencias prácticas a medio y largo plazo de la aplicación de la sentencia de Estrasburgo?

En el colectivo de condenados por terrorismo, mínimas, ya que la mayoría de los afectados saldrán a la calle después de un cumplimiento efectivo de 24 a 28 años de cárcel. La mayoría, incluso con la doctrina Parot, saldrían en libertad entre el 2015 y el 2016 y ya entrados en años. Las consecuencias más negativas serán su aplicación a delincuentes comunes, especialmente violadores, que son los que presentan un mayor riesgo potencial de reincidencia.