Los profesionales deberán mantener actualizado esta base de datos con los tratamientos de fitosanitarios que aplican
21 ene 2023 . Actualizado a las 05:00 h.La tercera base de datos que crea el real decreto es el Cuaderno digital de explotación agrícola, más conocido como CUE. Serán los titulares de las explotaciones agrarias y de las unidades de producción los que deban gestionar esta herramienta y los que deban responder de la veracidad de los datos aportados. Las administraciones, por su parte, deberán facilitar a los profesionales del campo las herramientas informáticas necesarias para poder completar estos registros. Y deberán hacerlo de forma gratuita.
En este nuevo cuaderno digital, agricultores y ganaderos deberán incluir datos generales del cultivo en cada parcela agrícola. Pero también tendrá que incorporar los tratamientos fitosanitarios que aporten y la información relativa a la fertilización de los suelos. A partir del mes de septiembre, esta nueva herramienta será obligatoria para aquellas explotaciones que superen las 30 hectáreas de tierras de cultivo o de pastos permanentes o las 10 hectáreas de cultivos permanentes. También para las que, sobre el total de la superficie agraria, tengan más de 5 hectáreas de regadío o dispongan de alguna parcela de invernadero. Para el resto de explotaciones, entrará en vigor a partir del 1 de julio del próximo año, si bien las herramientas informáticas necesarias para cumplir con este cuaderno estarán a disposición del sector a partir del 1 de julio de este mismo año y podrán ser empleadas ya de manera voluntaria.
Uso de fitosanitarios
En cuanto a la información sobre los productos fitosanitarios que deberá incluir este cuaderno, esta se regula mediante el real decreto que busca conseguir un uso sostenible de este tipo de productos. Esta normativa está destinada a cumplir una de las premisas de la estrategia De la granja a la mesa, que quiere reducir el uso de fitosanitarios en un 50 % antes del 2030. Para ello, los profesionales del campo deberán mantener actualizado en el cuaderno, el registro de tratamientos que aplican, datos que deberán cubrir antes de un mes desde la fecha de aplicación. Con esa información se calculará para todas las explotaciones agrícolas un indicador por hectárea para cada tipo de cultivo, con el fin de establecer unos indicadores medios de aplicación de estos productos, que no deberán ser superados. De hacerlo, las explotaciones tendrán que poner en marcha medidas correctoras.
