Javier de Cominges, abogado: «Que las empleadas del hogar no tengan derecho a paro es una discriminación de sexo hacia miles de mujeres»

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M.MORALEJO

Está en vías de conseguir una sentencia histórica ante la Justicia europea, que estimó su demanda para que le reconozcan la prestación por desempleo a una empleada del hogar gallega. «Si ganamos, obligaría a una reforma exprés de la ley», dice el letrado

07 nov 2021 . Actualizado a las 11:24 h.

El caso de una limpiadora viguesa que, de acuerdo con su empleadora, reclama su derecho a paro, cayó casi por casualidad en sus manos. Pero Javier de Cominges, de alguna manera, ya estaba sensibilizado. Letrado del bufete Vento Abogados y profesor en la Universidade de Vigo de la asignatura de Igualdad y Mercado Laboral, está convencido de una causa que ha logrado elevar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Si el fallo les da la razón, podría ver discriminación de género y dictar una sentencia pionera que obligue a España a conceder subsidios de desempleo a este colectivo femenino para protegerlo de la precariedad. «Hubo un momento en el que se me iluminó algo, y pensé: ‘Esto es una clara discriminación'. Pero sabía que era muy complicado que se estimase», asegura.

—Vais hacia una sentencia histórica.

—Estamos dando pasos, y ya tenemos dos ámbitos judiciales donde han entendido que se visualiza la posibilidad de que haya esa vulneración de derechos fundamentales. Tanto por parte del magistrado del juzgado de lo Contencioso número 2 de Vigo, que ve que puede haber una colisión entre nuestra regulación y las directivas europeas, que están en contra de la discriminación por razón de sexo; como también por parte del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que entiende que de inicio hay una vulneración porque las causas y motivos alegados hasta el momento, tanto por el Estado como por la Tesorería General de la Seguridad Social, no parecen suficientes como para justificar que a este colectivo específico se le deniegue algo tan básico como la prestación por desempleo. Son, digamos, buenas referencias. Y somos más optimistas que al principio, pero aún así mantenemos cautela.

 —La cuestión de género es clave.

—Sí, porque es lo que nos permite acudir a la Justicia europea. Si no se considerase discriminación por razón de sexo, no podríamos haber acudido. Es una discriminación de sexo hacia miles de mujeres. Lo que decíamos es que había una colisión. Si bien la norma es neutra, porque dice que en el empleo doméstico no se tiene derecho a la prestación por desempleo y no especifica que sean las mujeres, la singularidad es que vemos que es un colectivo que está compuesto básicamente por ellas. Mujeres que además desarrollan una actividad que también se corresponde con un rol de género, porque hay actividades que están masculinizadas y otras que están feminizadas. Cuando piensas en un médico piensas en masculino, igual que en enfermería piensas en femenino. Lo mismo sucede en el ámbito de la limpieza y de los cuidados a mayores y a menores.

 —Hay mujeres que prefieren no darse de alta porque no tienen derecho a paro y pierden dinero con la retención de la Seguridad Social.

—Estar o no dado de alta en la Seguridad Social no es de libre disposición. Y el obligado a hacerlo, cuando son más de 60 horas mensuales, es el empleador. En el procedimiento ante el TJUE señalaban precisamente que el incremento de prestaciones, como el acceso al desempleo, va a implicar también uno de cotizaciones, y que eso puede ser un desincentivo porque empleadores y empleadas van a pagar algo más. La parte contraria es la que tú señalas, que es al revés. Si yo tengo acceso a mejores prestaciones hay un incentivo para darme de alta, al tener un mayor amparo de protección. Y en el caso de una empleada de elevada edad que no va a cumplir con el mínimo de los 15 años cotizados, puede suponer un desincentivo para la jubilación, pero no para pedir una incapacidad, ni tampoco para una prestación por desempleo. A veces puede haber cierta resistencia, pero es anecdótico. Todas las asociaciones que aglutinan a empleadas de hogar con las que contacté, todas, están a favor. Entonces, me parece significativo que haya ese runrún de que son ellas mismas las que están en contra de la cotización. Mientras no lo vea estadísticamente reflejado, creo que se pone como excusa para mitigar o demorar la necesaria reforma.

 —Es tremendo ese argumento de que garantizarles el paro puede incitarlas al fraude. ¿Presunción de culpabilidad?

—No cabe aplicar, y más a un colectivo compuesto por cientos de miles de mujeres, la acusación de que es un colectivo ya de fraude de por sí. Porque además, hay muchísimos trabajos que se desenvuelven en el domicilio. Ahí el argumento era que hay una dificultad por parte de la Inspección de Trabajo de poder comprobar si realmente estaban trabajando o no, si se habían dado de alta ficticiamente para luego cobrar una prestación de desempleo, o la están cobrando y siguen trabajando. El fraude no se presume. Y hay otros sistemas de control donde se puede entrar a un domicilio con orden judicial. Además, hay muchísimos trabajos en el momento actual que se desarrollan dentro de un domicilio. Por ejemplo, un trabajador autónomo o que teletrabaja. Entonces, en que se diga que puede generar el fraude y que eso pueda limitar el acceso a prestaciones básicas, yo veo una desproporción entre el riesgo y lo que se sacrifica a través de ese supuesto riesgo. Igual que hay riesgo en una incapacidad temporal, y no se les ha denegado.

 —Pero hay otras prestaciones no contributivas que tampoco disfrutan.

—Sí, porque carecen de todo lo que conlleva el desempleo. Por ejemplo, hay un subsidio para mayores de 52 años sin formación en el que, además, el desempleo sigue cotizando a la Seguridad Social, por lo que siguen ganando tiempo de cotización para la jubilación. Pero este subsidio exige agotar el paro primero. Claro, una empleada del hogar nunca accedería a él, porque no tiene paro. Este subsidio lo tiene en mente esta trabajadora viguesa, que sigue en activo, no ha sido despedida. Pero ella, previendo el desamparo que podría tener en un futuro, pensó que quiere cotizar para el desempleo. Además, la singularidad es que tanto ella como su empleadora presentaron un escrito a la Tesorería de la Seguridad Social diciendo que ambas querían cotizar, para que si ella era despedida o fallece la empleadora, no se vea con una edad sin cobrar prestación y con un difícil acceso al empleo.

 —En este caso su empleadora le apoyó, pero muchas veces tienen que soportar situaciones de abuso.

—Por eso en ningún caso cotizar o no es voluntario, porque te puede pasar lo mismo con un buen patrón, aludiendo a la película. Que alguien diga: «Usted me sale muy caro. ¿Que no quiere? Pues tengo quinientos más en la puerta que están desesperados». Por eso los derechos básicos son indisponibles.

 —¿Les penaliza ser, en muchos casos, mujeres del extranjero sin recursos?

—Es un colectivo invisibilizado que tampoco le ha importado mucho a los sindicatos, a las confederaciones de empresarios... ni siquiera al Gobierno. Porque se desenvuelve en el ámbito doméstico, con un porcentaje importante de trabajadoras extranjeras, con pocos recursos y sin formación, y eso hace que sea un colectivo especialmente sensible a posibles abusos que se pueden llegar a producir. Es un colectivo vulnerable, y en la cuestión de las tareas domésticas, cuando entran cuidados a mayores y menores, hay también una responsabilidad por parte del Estado en asumir una serie de costes, y que no se efectúa.

 —Hay casos en los que tienen formación. Trabajadores sociales que cuidan a niños en una casa, por ejemplo.

—Debería haber un debate sobre la propia responsabilidad de la Administración, porque de esos niños y ese mayor que están siendo cuidados se les están ahorrando costes al propio Estado, que también debe garantizar el cuidado de los mayores y de los menores. En ese ámbito de protección, en España estamos todavía bastante en pañales tomando en cuenta el fracaso de la ley de dependencia del 2006.

 —Tan ambiciosa como decepcionante.

—Fue pretenciosa, el Estado quería asumir una responsabilidad en los cuidados del ámbito doméstico, pero a través de la crisis la han vaciado de contenido. Han reducido tanto la contribución económica a los supuestos, y luego los trámites son tan largos, ficticiamente prolongados al máximo para no tener que abonar este tipo de ayudas...

 —¿Cómo te llega este caso?

—Fue casi una casualidad. A raíz de una consulta sobre la situación de cómo estaba la prestación a la Seguridad Social, cayó en mis manos. Yo también estoy especialmente sensibilizado, porque soy profesor asociado en la Universidade de Vigo y una de las asignaturas que imparto es la de Igualdad y Mercado Laboral. Se me iluminó algo y dije: «Esta es una clara discriminación a un colectivo».

 —Ahora solo queda rematar.

—Rematar, y luego las consecuencias que vengan de la sentencia, porque si dice que sí hay discriminación y que no está justificada, entendemos que no solo afectaría a este procedimiento. Nos dirían que nuestra norma tal y como está planteada, vulnera derechos fundamentales. En estas circunstancias, lo que causaría sería no solo que esta trabajadora tuviera derecho a cotizar y al desempleo, sino que se le reconocería a todo el colectivo y obligaría a una reforma exprés de la ley. Pero, como todo, paso a paso. A ver si al final lo podemos coronar con un éxito para todo un sector que merece una mayor protección, superior incluso, por la debilidad que presenta.