La Xunta se persona en el recurso del Estado contra el fallo que avala el veto al pincho en las 87 áreas de veda
SOMOS MAR
Insiste en la falta de proporcionalidad y en la falta de datos sobre el impacto del palangre sobre el fondo
06 nov 2025 . Actualizado a las 04:45 h.Que en su día la Xunta tomase parte como coadyuvante en el recurso que la Organización de Produtores Pesqueros de Burela (OPP Burela) y 16 armadores presentaron contra la decisión de prohibir el uso del pincho en 87 áreas de vedas a la pesca de fondo en el Atlántico nororiental le permite ahora personarse en el recurso de casación que el Estado ha presentado contra el fallo del Tribunal de Justicia de la UE que avala ese veto, a pesar de que del proceso judicial se hayan apeado los profesionales pesqueros y su OPP. Y eso es lo que acaba de hacer: formalizar su participación en el recurso contra la sentencia dictada en junio pasado.
El Gobierno gallego presentó el escrito de contestación en el que incluyen alegaciones complementarias con «cuestións de dereito de especial relevancia para a comunidade ao abeiro do recurso de casación presentado polo Estado ante o Tribunal de Xustiza comunitario», explica en un comunicado.
Principio de proporcionalidad
La Xunta se aferra a los «erros na interpretación» del reglamento de especies de aguas profundas y las disposiciones relativas a la pesca en aguas internacionales del Atlántico Nororiental. En concreto, en lo referente «á aplicación do principio de proporcionalidade en relación coas artes fixas». Así, alegan que Bruselas hace una «interpretación simplista» del concepto de espacios marinos vulnerables (EMV) ignorando que estos se verían amenazados por «efectos adversos significativos» pero sin que esa supuesta vulnerabilidad esté sostenida por «a mellor información científica e técnica dispoñible».
En este sentido, Galicia hace ver que el informe científico sobre el que se basó la decisión comunitaria de prohibir todas las artes de fondo recogía «a pegada da actividade pesqueira, pero non analizaba o impacto das artes fixas no fondo mariño». A pesar de eso, el Ejecutivo comunitario palió esa carencia dando por hecho que todos los aparejos de fondo «poden xerar un impacto adverso significativo», sin evaluar el posible efecto sobre el ecosistema de artes como el pincho, que, como se demostró en el procedimiento, «ten un contacto co leito mariño insignificante polos lastres, de 12 centímetros de diámetro e dous quilos de peso».
La Xunta también expone que se rompe el principio de proporcionalidad a la hora de determinar el área afectada, pues, recuerda, las llamadas zonas tapón, esas reservadas a mayores para proteger el espacio en el caso de que las corrientes desplacen los aparejos, representan alrededor del 70 %, «unha superficie equivalente á metade de Bélxica».
A criterio del Gobierno gallego, la sentencia otorga a la Comisión «unha marxe de apreciación case ilimitada baixo unha interpretación errónea do principio de precaución», obviando el obligado equilibrio entre la sostenibilidad ambiental, económica y social.