Las comunidades de montes crean un frente para blindar sus suelos de usos empresariales
FORESTAL
Mantendrán su intención de recuperar terrenos y piden que se anule por ley cualquier acuerdo sobre parcelas vecinales
12 oct 2023 . Actualizado a las 10:05 h.Comunidades de montes y empresas gallegas asentadas en terrenos que en algún momento tuvieron la consideración de vecinales están librando un intenso pulso para convencer a la opinión pública y a la Administración de que a cada uno de ellos le asiste la razón respecto a la titularidad o explotación de un suelo en disputa en cada vez más ayuntamientos de la comunidad. Primero constituyeron un frente los empresarios a los que los comuneros les reclaman una subida en el canon de arrendamiento o defienden como vigentes los contratos suscritos en su día con los ayuntamientos en cuyos terrenos se asientan. Y ahora, son las comunidades forestales las que han constituido otro bloque para intentar blindar, frente a intereses empresariales o reformas legales, los derechos de propiedad que aducen y los tribunales refrendan mayoritariamente.
Veintitrés comunidades y mancomunidades de montes de la provincia de Pontevedra y O Barbanza presentaron ayer un manifiesto en el que defienden la figura del monte vecinal, así como su explotación por parte de dichas organizaciones para albergar desde explotaciones agrarias y forestales a diversos tipos de cultivos, pero también parques empresariales, canteras, minas, plantas de generación de energía o servicios recreativos y ambientales. Ninguna de esas actividades supone, defienden, que las comunidades de montes pierdan los derechos de pertenencia sobre dichos suelos. Su razón se fundamenta en que la legislación que regula los montes de man común los clasifica como bienes indivisibles, inalienables, imprescriptibles e inembargables, con lo que aunque hayan tenido el uso que sea, nunca perderían su condición de comunales.
El 25 % de Galicia
En su defensa del monte vecinal, que supone la cuarta parte de toda la superficie de Galicia, los comuneros retrotraen su origen a los asentamientos castreños. Abundan en que durante el franquismo se produjo «una auténtica confiscación» del monte a manos de las diputaciones y ayuntamientos, proceso que señalan es el que tratan de revertir con los pleitos interpuestos en varias zonas de la comunidad. Las comunidades afirman que fue en esa época cuando también diversos particulares inscribieron «fraudulentamente» a su nombre en el registro parcelas, dando lugar a los conflictos legales que señalan emergen en la actualidad.
Con esa explicación y con la certificación de que en la inmensa mayoría de los casos las sentencias judiciales están cayendo de su lado, las comunidades de montes reunidas ayer en Vigo señalan que la Plataforma de Afectados «representa un lobi empresarial que quere retrotraerse a usurpación de antano».
Empresas del área de Vigo, especialmente, como el caso del Grupo Copo, aseguran discrepar del incremento del arrendamiento que les plantean los comuneros tras hacerse con la titularidad de los terrenos. En Valdeorras, un conflicto similar ha supuesto el desahucio de sendas firmas de explotación de pizarra.
Exigencias
En un decálogo creado para defender su postura, las comunidades que forman el frente presentado ayer en Vigo, exigen que ante la reforma que pretende llevar a cabo la Xunta sobre el monte de man común, se hagan prevalecer los derechos del monte vecinal «sobre outra calquera lexislación de fomento económico ou simplificación administrativa». Tratan de impedir así que cualquier proyecto empresarial, como el planteado por el Celta para su ciudad deportiva en Mos, sea declarado de singularidad autonómica y prevalezca sobre los derechos de los comuneros.
Reclaman que la reforma legal refleje que las comunidades vecinales no se deben de limitar solo a explotar forestalmente el monte, o que se pierdan derechos por haber dejado de dar uso en algún momento este tipo de suelo. También demandan las organizaciones vecinales que el nuevo texto legal declare nulo de pleno derecho cualquier disposición del monte comunal, para evitar que siga creciendo el número de pleitos judiciales. Y por último, a la hora de clasificar un terreno como comunal, dar peso a las pruebas que demuestren su posesión de manera inmemorial, aunque esta no se pueda demostrar documentalmente.