Absueltos en Ourense los acusados de estafar a un hombre que nunca cobró los 1.850 euros de una bici que vendió por internet

Marta Vázquez Fernández
M. Vázquez OURENSE / LA VOZ

OURENSE

Ninguno de los tres acusados se personó al juicio
Ninguno de los tres acusados se personó al juicio M. FERNÁNDEZ

Los delincuentes pidieron dinero al denunciante para desbloquear el pago, pero este sospechó y denunció

25 dic 2023 . Actualizado a las 05:00 h.

No hay pruebas suficientes para demostrar que las tres personas a las que se acusó de haber estafado a un particular en la venta de una bicicleta hubiesen tenido relación con los hechos. Así lo ha dictaminado la magistrada del Juzgado de lo Penal dos de Ourense, que zanja con una absolución un asunto que llegó a juicio hace algunas semanas.

El origen de todo fue un anuncio en Wallapop. En agosto del 2020 el denunciante colgó una oferta en la que explicaba que quería vender una bicicleta por 1.850 euros. Enseguida contactó con él una persona que, a través de WhatsApp, le comunicó que estaba interesada en el artículo. Tras varias conversaciones acordaron que el vendedor enviaría el artículo a través de una empresa de mensajería, comprometiéndose el comprador a enviarle el dinero. El particular mandó la bicicleta a Sestao (Vizcaya). Tuvo constancia de que se había entregado, pero el dinero no llegaba a su cuenta, por lo que volvió a contactar con el comprador. «Me dijo que tenía que ingresar 450 euros para desbloquear la cuenta en la que estaban mis 1.850 euros, así que desconfié», aseguró el perjudicado durante el juicio. El hombre se puso en contacto con la Guardia Civil, cuyos agentes le corroboraron que había sido víctima de una estafa. Los delincuentes no solo no tenían intención de pagarle, sino que además trataron de quitarle otra cantidad a mayores.

Tres personas acabaron siendo investigadas por el asunto. Una de ellas, la mujer que había recibido la bicicleta. La magistrada reconoce que era la que parecía tener una participación «más clara», si bien en el juicio surgieron dudas. Así, los investigadores explicaron que el artículo no se entregó en su domicilio, sino en otro, y la imposibilidad de contar con la declaración del repartidor ha sido clave. «Con su presencia podríamos aclarar aspectos esenciales», afirma la togada, que le aplica a la mujer el principio in dubio pro reo.

Que otro sospechoso fuera titular de la cuenta en la que el denunciante tenía que ingresar los 450 euros tampoco ha sido suficiente para condenarlo. El tercero era el titular del móvil desde el que se contactó con el denunciante, pero era un dispositivo prepago que, alegó la defensa, pudo ser usado por otras personas.