El Supremo condena a Ábalos a 24 años y a Koldo a otros 19 en el primer juicio por corrupción de la era Sánchez
ESPAÑA
El tribunal, que impone cuatro años y medio a De Aldama pero suspende su ingreso en prisión, considera que el exministro y su entorno provocaron un «grave deterioro de la confianza ciudadana» y «socavaron la arquitectura democrática del Estado». Lee aquí la sentencia completa del Supremo
22 jun 2026 . Actualizado a las 21:01 h.Primera sentencia contra la corrupción en el Gobierno de Pedro Sánchez y máxima pena a José Luis Ábalos y a Koldo García. El Tribunal Supremo ha condenado al exministro a 24 años de prisión y a su antiguo asesor a otros 19 por delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias en el primer juicio por corrupción de la era Sánchez. La resolución, adoptada por unanimidad, considera probado que el exdirigente socialista y su exmano derecha formaron una organización criminal con reparto de funciones y cometieron graves delitos de corrupción, una práctica que, según la Sala, provoca un «grave deterioro de la confianza ciudadana» y «socava la arquitectura democrática del Estado».
La Sala impone además cuatro años y medio de cárcel al empresario Víctor de Aldama, aunque acuerda suspender la ejecución de la pena por su aportación al descubrimiento de los delitos. Esa suspensión queda condicionada a que no vuelva a delinquir, presente un informe semestral de actividades y cumpla un año de trabajos en beneficio de la comunidad. La pena de Ábalos es altísima: coincide con los 24 años reclamados por Anticorrupción, mientras que la de Koldo queda ligeramente por debajo de los 19 años y medio solicitados por el Ministerio Público y la de Aldama se aleja de los siete años que pedía la Fiscalía.



El tribunal da por probado que Ábalos, Koldo y Aldama integraron una organización criminal con vocación de permanencia. Cada uno tenía su papel. Ábalos aportaba el mando político, la influencia ministerial y la autoridad sobre el aparato de Transportes. Koldo, según la sentencia, era «más asistente que asesor» y llegó a ser «la mano derecha» del exministro. Aldama, empresario y conseguidor, localizaba oportunidades de negocio y pagaba para mantener abierta la puerta del ministerio.
No es una condena más. Ábalos fue secretario de Organización del PSOE entre el 18 de junio de 2017 y el 12 de julio de 2021, ministro de Fomento y luego de Transportes, y escudero de Sánchez en la batalla interna que devolvió al actual presidente a la secretaría general socialista. La sentencia subraya precisamente ese doble poder: ministro del Gobierno de España y secretario de Organización del partido que sustentaba al Ejecutivo. La Sala lo expresa con crudeza: Ábalos tenía «un gran poder de influencia» por su condición de ministro y por su posición orgánica en el PSOE. Y utilizando a Koldo, su asesor y mano derecha, hacía gestiones favorables para empresas vinculadas a Aldama, retribuidas mediante comisiones en efectivo y también en especie. El propio relato judicial fija el nacimiento de ese plan en el viaje a México de febrero de 2019, cuando los tres, según el tribunal, vieron «la oportunidad de obtener un común beneficio económico».
El primer hilo fue el dinero mensual. La sentencia declara probado que los tres convinieron una remuneración de 10.000 euros al mes para atender los «gastos fijos» de Ábalos. Aldama la pagó desde octubre de 2019 hasta junio de 2022, primero a Koldo y después a su hermano Joseba. La Sala acuerda el decomiso de 430.298 euros de ganancias procedentes del cohecho: 340.000 euros por esos pagos mensuales, 82.295 euros por el alquiler de la vivienda de Plaza de España y 8.000 euros por el chalé de Marbella.
El golpe central de la sentencia está en las mascarillas. En plena pandemia, los tres acusados, «de mutuo acuerdo» y en «coordinada actuación», utilizaron su ascendencia para que Soluciones de Gestión, la empresa vinculada a Aldama, resultara adjudicataria de dos contratos de suministro a Puertos del Estado y Adif. Fueron trece millones de mascarillas en dos entes dependientes del propio Ministerio de Transportes. El tribunal no ve casualidad ni emergencia mal gestionada. Ve un acuerdo previo. Antes incluso de que los responsables del órgano de contratación conocieran la operación, dice la sentencia, la empresa adjudicataria ya sabía que habría una orden ministerial, que la compra se centralizaría a través de Puertos, que el volumen sería de ocho millones de mascarillas y que ella sería la elegida. El contrato de ADIF siguió, según la Sala, la misma lógica. La orden ministerial llegó después. La adjudicataria ya estaba, en la práctica, esperando.
La sentencia incluye además la contratación de dos conocidas de Ábalos en empresas públicas y el pago del piso de una de ellas. También considera probado el contrato de arrendamiento con opción a compra entre Aldama y Ábalos de un piso en Madrid, así como el alquiler de viviendas en Marbella y La Línea de la Concepción, igualmente con opción de compra. En el caso de Jésica, el Supremo afirma que, con conocimiento y aceptación del exministro, no desempeñó «trabajo o función alguna» durante todo el tiempo que permaneció empleada en Ineco. También recoge que viajó al menos trece veces con Ábalos sin que conste que pidiera permiso o licencia a la empresa pública.
Otra derivada es Air Europa. El Supremo da por probado que Ábalos y Koldo realizaron gestiones sobre una nota de prensa relativa al rescate de la aerolínea y que, en pago por esa actuación, Aldama facilitó el disfrute gratuito de Villa Parra, un chalé en Marbella donde el exministro y su familia pasaron unos días en agosto del 2020. «Esto sale gratis por las molestias generadas», escribió Koldo a Ábalos al hablar de la vivienda.
La tercera gran dádiva inmobiliaria fue La Alcaidesa, en La Línea de la Concepción, vinculada a gestiones sobre una licencia de hidrocarburos para Villafuel. La Sala concluye que Ábalos disfrutó gratuitamente durante meses de ese chalé y aprecia un «patrón de conducta» similar al de Marbella: Koldo buscaba una casa ajustada a las pretensiones del exministro, se comunicaba a Aldama y este movía a personas de su entorno para conseguir la posesión o la propiedad. Una conversación incorporada a la sentencia lo resume de manera brutal: «Ha sido pillar casa y le ha dado al botoncito».
No todo lo planteado por las acusaciones prospera. El Supremo absuelve a los tres de varios delitos de prevaricación, falsedad e información privilegiada, y también deja fuera algunas piezas de la acusación. Pero mantiene el corazón penal de la causa: organización criminal, cohechos, malversación y tráfico de influencias. Ábalos y Koldo deberán indemnizar además a Ineco y Tragsatec con 34.450 y 9.500,54 euros.
El juicio oral contra Ábalos, Koldo y Aldama se celebró en el Tribunal Supremo entre el 7 de abril y el 6 de mayo del 2026. Fueron 14 jornadas maratonianas de sesiones de mañana y tarde. La sentencia no cierra el caso Koldo. Lo fija. La primera gran pieza ya tiene condena. Y el antiguo hombre fuerte de Sánchez queda situado por unanimidad en el centro de una organización que usó el poder público para enriquecerse.