El Gobierno aclara que gallego, catalán y euskera no serán necesarios para regularizar a los inmigrantes, pero sí para renovar el permiso
ESPAÑA
Desde el Ministerio de Inclusión recuerdan que el texto del real decreto, que busca dar permiso de residencia y trabajo a todas las personas extranjeras que vivan en España desde antes del pasado 31 de diciembre y puedan demostrar que no tienen antecedentes penales, está aún en tramitación
20 feb 2026 . Actualizado a las 15:54 h.El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha aclarado que el conocimiento de las lenguas cooficiales (gallego, euskera, valenciano y catalán) no será obligatorio para recibir la autorización inicial de residencia y trabajo otorgada en el marco de la regularización extraordinaria que plantea llevar a cabo. Advierte de esta manera a la Generalitat catalana que este requisito no es aplicable cuando comienza el proceso. Fuentes del ministerio han hecho esta declaración después de que el jueves la Generalitat catalana informase de que había hecho una aportación al texto inicial, que aún no está aprobado, para que se tenga en cuenta el conocimiento de este idioma a la hora de renovar la autorización inicial y que Esquerra se atribuyera también la incorporación de esta medida en el futuro texto definitivo.
En este escenario, desde el departamento de dirige Elma Saiz han precisado que el texto del real decreto, que busca dar permiso de residencia y trabajo a todas las personas extranjeras que vivan en España desde antes del pasado 31 de diciembre y puedan demostrar que no tienen antecedentes penales, está aún en tramitación. Han detallado que el texto debe pasar por diferentes fases, entre ellas la solicitud de varios informes a instituciones como el Foro para la Integración social de los Inmigrantes (FISI) y al Consejo de Estado.
Además, se admitirán diferentes aportaciones realizadas, «que en ningún caso incluyen la obligatoriedad de conocer ninguna lengua oficial para recibir la autorización inicial de residencia y trabajo». Han aclarado que, a partir del año de vigencia del permiso inicial, las personas podrán acogerse a otros itinerarios contemplados en el reglamento de extranjería como la figura del arraigo. Pero, alternativamente, y «siempre que se mantengan las condiciones que generaron el derecho a la regularización extraordinaria», se podrá otorgar una prórroga del permiso con un informe favorable de integración de los servicios sociales de las comunidades autónomas, un requisito que no estaba contemplado en el borrador inicial que salió a audiencia pública.
Vía de arraigo
Este informe de integración acreditará, entre otras cosas, el aprendizaje de las lenguas oficiales del lugar donde reside la persona, «todo ello en coherencia con lo que establece la normativa de extranjería en relación a todas las autorizaciones», han detallado desde el Ministerio. Se han referido así a cómo funciona, por ejemplo, la regularización por la vía del arraigo, en la que también se exige este informe en el que el conocimiento de las lenguas oficiales es un factor más a tener en cuenta para evaluar el nivel de integración pero no un requisito obligatorio para obtener el permiso.
El decreto establece que los solicitantes podrán residir y trabajar provisionalmente desde el momento de presentar la solicitud, y los menores o personas dependientes que formen parte de la unidad familiar también tendrán acceso a una autorización con protección reforzada. Las solicitudes podrán presentarse hasta el 30 de junio del 2026. Igualmente, dispone que las solicitudes de protección internacional presentadas antes de la entrada en vigor de la norma, en el marco de la disposición transitoria quinta, se resolverán favorablemente, siempre que los solicitantes acrediten la ausencia de antecedentes penales y no representen riesgo para la seguridad o la salud pública. Para ello, se valorará también el informe policial correspondiente. Otro de los requisitos exigidos desde el principio es la ausencia de antecedentes penales tanto en España como en el país de origen o donde hubiera residido en los últimos cinco años. Así, establece que, con carácter excepcional, si el interesado acreditase haber solicitado el certificado de antecedentes penales de las autoridades del país de origen o de aquel donde hubiera residido durante los últimos cinco años, y hubiera transcurrido un mes sin haberlo recibido, el Gobierno, previa solicitud al efecto, podrá recabar la información necesaria directamente de la autoridad del país correspondientes.
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, ha señalado este viernes en Lorca que se estudiarán todas las aportaciones que lleguen al borrador de decreto para la regularización extraordinaria de migrantes pero, ha asegurado, ninguna aportación recibida «conlleva que ninguna lengua cooficial sea requisito imprescindible para otorgar la autorización inicial, ni de residencia, ni de trabajo». Bolaños ha recordado que la norma no está aprobada todavía definitivamente por el Consejo de Ministros, actualmente está en fase de audiencia pública, en la que organizaciones, administraciones y operadores jurídicos están haciendo. Ha reiterado que «todas ellas se van a estudiar y se hará una propuesta que se elevará al Consejo de Estado y después al Consejo de Ministros para la aprobación definitiva del Real Decreto».
La Xunta rechaza exigir pruebas de que se hizo un curso de gallego para renovar el permiso de residencia
La Xunta rechaza la medida impuesta por ERC, PNV y los gobiernos vasco y catalán en el decreto para la regularización extraordinaria de inmigrantes de que el aprendizaje del gallego, el catalán y el euskera sea un requisito para renovar el permiso de residencia. El Gobierno gallego considera que «o coñecemento dos idiomas cooficiais é, por suposto, fundamental e demostra arraigo. Pero non compartimos que isto poida supor unha barreira para a integración sociolaboral dunha persoa traballadora». La prioridad, añadieron, es que las llegadas de inmigrantes «non sexan indiscriminadas» y se favorezca «a integración social e laboral».
Tal y como está concebida la norma, podría darse la circunstancia de que un inmigrante con posibilidad de integrarse en el tejido laboral perdiese el permiso de residencia por no cumplir ese requisito, pero dadas las necesidades de mano de obra sería necesario buscar un sustituto que tendría que iniciar su integración desde cero y que no tendría que demostrar conocimiento alguno del idioma, ya que la regularización inicial no lo exige.
Por otra parte, la existencia de requisitos diferentes en distintas comunidades podría provocar migraciones dentro del territorio español.
La Xunta afirma que todo el proceso de regularización y renovación de la residencia debe cumplir «todas as garantías xurídicas, pero nunca incorporando exixencias para as persoas que sexan regularizadas que non se lle piden a outros cidadáns, mesmo españois, para traballar na nosa comunidade».
Consideran además que la incorporación de esa exigencia demuestra la «ausencia dunha política migratoria coherente por parte do Goberno central, fronte ao modelo propio no que traballa a Xunta». Es más, señalan que «é tan inconcibible que o Goberno deseñara o decreto fóra da vía parlamentaria e sen escoitar ás comunidades autónomas como que agora, ao parecer, atenda as novas exixencias dos seus socios para incorporar cuestións idiomáticas en lugar de corrixir aspectos de moi dubidosa legalidade». Destacan entre ellas que las regularizaciones puedan hacerse mediante una «declaración responsable sobre os antecedentes ou de non supoñer ameaza para a orde, seguridade ou saúde pública; ou xustificar a residencia cun billete de bus».