El desahucio, después de un año sin pagar

j. m. camarero MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

ANGEL MANSO

El banco solo podrá dejar sin casa al cliente si este no paga entre el 3 y el 7 % del crédito

21 nov 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El texto de la ley hipotecaria que salga de las Cortes en pocas semanas será mucho más benigno para los ciudadanos con respecto al que ingresó en el Registro del Congreso en forma de proyecto de reforma impulsado por el Gobierno anterior. Quienes tengan una hipoteca, o la vayan a contratar en el futuro, contarán con una flexibilización de las condiciones en las que el banco puede embargarles la vivienda si hay impagos en las cuotas del crédito de por medio. Las entidades tendrán que esperar a acumular entre 12 y 15 recibos sin abonar por parte del cliente para iniciar el procedimiento de ejecución.

Hasta ahora, la normativa indicaba que solamente eran necesarias tres cuotas sin pagar para que la entidad financiera actuara contra el hipotecado que hubiera dejado de abonarlas. Con el proyecto de ley que entró en el Congreso hace ahora un año se establecía un régimen más permisivo, que ahora es aún menos restrictivo. En el fondo de esta dosis de benevolencia venida a más subyace la presión que ha provocado en los grupos políticos la polémica por el fallo del Tribunal Supremo sobre el pago del impuesto hipotecario y la posterior intervención del Ejecutivo de Pedro Sánchez.

La Comisión de Economía del Congreso avanzó ayer en las negociaciones del vencimiento anticipado, uno de los puntos más conflictivos de cuyo acuerdo solo se ha descolgado Podemos, al exigir unas condiciones más duras contra la banca. A partir de ahora, si se trata de unos impagos que se registran en la primera mitad de la vida de la hipoteca, el banco tendrá que esperar a 12 cuotas morosas, o bien a que se acumule un importe que supere el 3 % del capital concedido. El proyecto fijaba esos límites en los nueve meses o en el 2 %, respectivamente. En el caso de impagos en la segunda mitad de la vida del préstamo, habrá de aguardar a las 15 cuotas, o bien al 7 % del capital. También en este caso se amplían los supuestos, que estaban fijados en las 12 mensualidades o el 4 % del volumen que restase por pagar.

También incluirá una disposición transitoria que establece como regla general la aplicación no retroactiva de sus disposiciones cuando hay sentencias firmes, lo que podría abocar a que decenas de miles de ejecuciones de desahucios que estaban paralizados pudieran reactivarse.

Menos intereses

Tras la negociación de la ponencia que tuvo lugar ayer, también se avanzó en lo relativo a los intereses de demora que cobra el banco cuando se produce un retraso en los impagos. Aunque en un principio estaban fijados en el triple (9 %) del interés legal del dinero -actualmente en el 3 %-, los grupos han decidido dejarlos en esta tasa más tres puntos porcentuales -es decir, un 6 %-, lo que supone una importante rebaja.

Además, han acordado establecer el carácter permanente del código de buenas prácticas ya vigente y la eliminación expresa de la cláusulas suelo en una hipoteca.