Absuelta la cúpula de Abengoa por las indemnizaciones millonarias

J. M. C. MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

Ballesteros | Efe

La Audiencia Nacional falla que los contratos no se modificaron para beneficiar a los exdirectivos, sino por exigencias legales

13 ene 2018 . Actualizado a las 05:00 h.

El expresidente y fundador de Abengoa, Felipe Benjumea, ha salido indemne del juicio al que se enfrentaba por un delito de supuesta administración desleal tras haber cobrado 11,5 millones de euros en concepto de indemnización cuando abandonó su cargo en la compañía en septiembre del 2015. Lo hizo en un momento en el que la corporación se encontraba en una crisis sin precedentes, que le llevó a solicitar el preconcurso de acreedores apenas dos meses después de la marcha del directivo.

La Audiencia Nacional ha absuelto ahora al expresidente de la firma y también al que fue su consejero delegado hasta mayo del 2015, Manuel Sánchez Ortega, por el abono de unos finiquitos millonarios que en el caso del antiguo número dos alcanzaron los 4,4 millones de euros. El tribunal entiende que no ha quedado acreditada la administración desleal de los bienes de la compañía y que las indemnizaciones se adecuaban a la normativa existente en ese momento.

La resolución llega tres meses después de que el caso quedara visto para sentencia por unos hechos que sucedieron en el 2015, cuando Abengoa había revisado a la baja sus previsiones y reformulado sus cuentas. La Fiscalía pedía cinco años de cárcel para Benjumea, cuatro años y tres meses para Sánchez Ortega y cuatro años para los miembros de la comisión de nombramientos y remuneraciones Mercedes Gracia Diez, Alicia Velarde Valiente y Antonio Fornielles Melero.

En el fallo, los magistrados consideran que no ha quedado probado que los contratos de los ejecutivos, firmados el 23 de febrero del 2015, fueran concebidos y elaborados para favorecerles «improcedentemente», pues venían impuestos por la reforma de la Ley de Sociedades de Capital.

El tribunal sostiene que esos documentos fueron confeccionados con los asesoramientos técnicos debidos, sin que aparezca que los acusados intervinieran en su contenido, y que las cláusulas recogen condiciones comunes en la mayoría de las empresas. De hecho, los jueces recuerdan que «se adecuaban a lo establecido en la normativa legal y contractual aplicable».

En el transcurso de la vista oral, que tuvo lugar en octubre, Felipe Benjumea rechazó los cargos argumentando que se trataba de una indemnización pactada con anterioridad a la crisis que sufrió la empresa. Además, sostuvo que cesó de sus funciones «por el bien de la sociedad» y porque se trató de una condición «impuesta» por los acreedores. Por su parte, Manuel Sánchez Ortega declaró que cuando él abandonó Abengoa la corporación se encontraba «en absoluta normalidad» financiera. «Todos los datos objetivos» demostraban la buena marcha de la empresa, según su versión, a pesar de que dos meses después comenzaron los problemas.