Las participaciones preferentes son emisiones de deuda sin un plazo definido en que el banco paga según sus resultados por lo que los altos intereses anteriores (que eran su principal reclamo) ahora, con la crisis, se han desvanecido pues no son depósitos con una rentabilidad fija sino condicionados a los beneficios. Es un bono infinito de una entidad que, sin embargo, puede recomprarlo devolviendo el dinero invertido cuando quiera, salvo que hubiera recibido ayudas públicas (por lo que no tiene dicha autonomía Novagalicia Banco).
Aunque no son acciones ordinarias, pues no tienen derecho de voto pero sí prioridad (de ahí su nombre) de cobro sobre los accionistas, al banco le interesan mucho (y por eso la presión sobre los directores de sucursales para su colocación) porque cuentan igual que una acción para el cálculo del coeficiente, vital, de los «recursos propios» a pesar de no ser estrictamente capital porque es dinero prestado sin plazo, cuyo reembolso depende de la voluntad del anco. En caso de quiebra del banco, no están garantizadas por el Fondo de Garantía de Depósitos y es un crédito que se cobra el último en la liquidación. La directiva europea sobre mercados de instrumentos financieros (Mifid) obliga a los bancos a someter a un examen a sus clientes antes de la venta de productos financieros complejos, prohibiéndola si desconocen qué están contratando.
Un auténtico galimatías por lo que, al margen de sus vicisitudes procesales, aplaudo la valiente iniciativa de la acción colectiva en defensa de los consumidores de la Fiscalía en Galicia, con medidas cautelares realmente ejemplares por su cuantía, y me alegro del éxito que hemos comenzado a ver en Cambados en la vía judicial, que se ha demostrado eficaz para casos de dolo, aún omisivo, que no error, de pequeños inversores de edad avanzada que, con sorpresa, descubren que vencían dentro de casi 1.000 años.
Para buena parte de los casos de personas sin conocimientos financieros o que puedan probar el engaño recomiendo asimismo el arbitraje, más rápido y económico, promovido por la Xunta, autorizado por la Unión Europea y el Banco de España, y asumido responsablemente por Novagalicia Banco en buena muestra de que, aparte de pedir perdón, su interés es el de resarcir cuanto antes el daño causado a los perjudicados y a la reputación de la entidad, que saben que es crucial para su supervivencia.
Domingo Bello Janeiro es catedrático de Derecho Civil en la Universidade da Coruña