Las instituciones de inversión colectiva deberán tener un Defensor del Cliente

ECONOMÍA

El Gobierno aprobó ayer el proyecto de ley de instituciones de inversión colectiva que entre otras novedades crea la figura del Defensor del Cliente. El objetivo es potenciar y racionalizar la protección de los inversores. Las entidades pondrán al servicio de los clientes la información que sea necesaria para conocer la gestión de sus inversiones. La ley también establece que estas instituciones invertirán, además de en valores tradicionales, «en depósitos en entidades de crédito, instrumentos financieros derivados, en participaciones en otros fondos y sociedades, y, en definitiva, en cualquier otro valor o instrumento financiero». Se acaba así con las actuales categorías de instituciones en función del instrumento en el que inviertan: FIM, FIAMM, fondos de fondos, etcétera, y a partir de ahora toda institución de inversión colectiva podrá invertir en todo tipo de activo financiero.Los requisitos de honorabilidad profesional y comercial se extienden a todos aquellos que ejerzan cargos de dirección o administración en la sociedad.