De perder en el TS el Concello asegura que evitará el derribo con un proyecto que cumpla, al que adaptará la obra
20 jun 2008 . Actualizado a las 02:00 h.El TSXG acaba de estimar parcialmente el recurso interpuesto por la familia Carral en relación al párking subterráneo de Lalín, y anula de este modo el proyecto técnico básico y de ejecución de la obra de construcción del aparcamiento «por ser contrario a derecho, por lo que deberá ser demolida la obra realizada a su amparo». La sentencia apunta que la aprobación del proyecto resulta contraria a las disposiciones del PXOM por varias cuestiones. La más notoria el hecho de que «la superficie construida proyectada -y en mayor medida la realizada- que sobrepasa en más de un metro la rasante supone un coeficiente de edificabilidad notablemente superior al de 0,15 metros cuadrados por metro cuadrado del artículo 135.2 del PGOM, y tampoco se cumplen las determinaciones de su apartado 4a como se explica en los informes periciales, que también recogen otras infracciones, aunque puntuales y de mucha menor entidad, en lo que se refiere a los viales y a la altura de la construcción. Por ello la pretensión principal de la demanda tiene que ser acogida», explica.
El concejal de Urbanismo, Román Rodríguez, informó ayer en rueda de prensa de la sentencia, de la que facilitó copia a los medios. Rodríguez expuso el máximo respeto hacia la familia Carral, que defiende sus intereses. El edil señaló que la sentencia ratifica un fallo anterior en el mismo sentido «que fala de exceso de edificabilidade e de ocupación. Así que era previsible o fallo negativo, e o esperabamos nesta liña».
Aspectos a favor del Concello
Rodríguez dijo que el frente judicial del recurso era amplio, y aseveró que la sentencia da la razón al Concello en varios extremos, como la licencia de actividad, prescindir del estudio de detalle de rasantes reclamado por la familia, la validación del convenio urbanístico y la adjudicación y concesión administrativa del párking. Valoró que este último era un aspecto clave, ya que de perder, habría supuesto retrotraer todo el proceso de adjudicación.
El concejal de Urbanismo dijo que la clave del problema es un exceso de edificabilidad, derivado de una sobreelevación de 60 centímetros de la estructura del párking sobre la rasante: «Foi unha cuestión de medición técnica, que motivou un exceso de ocupación no espazo libre».
Pese a la contudencia del fallo de la sentencia, el gobierno local entiende que no puede desligarse de la anterior sentencia, del año 2003, que explicitaba que sería necesario derribar el exceso de edificabilidad, pero no todo el párking subterráneo.
Mensaje de calma
Por su parte, Román Rodríguez anunció ya que el Concello presentará un recurso de casación ante el Tribunal Supremo: tiene de plazo hasta el 1 de julio para hacerlo. Si no se admite a trámite el recurso, o bien si dentro de 2 ó 3 años se produce un fallo en contra, el gobierno local optará por reducir edificabilidad en el párking. El Concello lalinense, en este caso, procederá a redactar un proyecto que cumpla las directrices del Plan Xeral, concederá licencia y adaptará el párking a dicha modificación. Los técnicos municipales empiezan ya a barajar posibles opciones: una de las factibles sería retrasar el muro que delimita el espacio infantil hacia el párking, dejando un soportal. Aunque podría suponer perder en torno a medio centenar de plazas, se reduciría la edificabilidad que ganó la construcción al sobrepasar la rasante, y tenerse que computar. Rodríguez dijo que son en torno a un millar de metros cuadrados los que habrá que reducir.
Rodríguez lamentó que por sobrepasar 60 centímetros la rasante «unha porcentaxe mínima para a altura do párking», haya que efectuar recortes en la última planta. Curiosamente, la concha acústica podría mantenerse en pie, aunque por el momento sigue sin poder usarse.