Otra sentencia del TSXG tumba el proyecto constructivo de la vía Ártabra desde Iñás a la AP-9

Antón S. Rodríguez CAMBRE / LA VOZ

A CORUÑA

El alcalde de Cambre, Óscar García Patiño
El alcalde de Cambre, Óscar García Patiño atr

El informe que analiza las alegaciones es posterior a la fecha en que se aprobó el proyecto, que queda anulado

30 mar 2022 . Actualizado a las 09:19 h.

Aún no había pasado ni una semana desde que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) aceptara un recurso de Cambre contra una resolución de la Xunta sobre la vía Ártabra, cuando este martes el mismo tribunal ha dejado sin efecto el proyecto de construcción de esta carretera entre la N-VI y la AP-9. El Concello cambrés, de la mano de la abogada Delfa Losa, consigue un nuevo éxito judicial ante la Axencia Galega de Infraestruturas, la parte demandada junto al Concello de Oleiros.

De nuevo, como ocurría en el caso del proyecto de trazado, el TSXG detecta graves errores en la tramitación del procedimiento que determinan la nulidad del acuerdo recurrido. En este caso se tramitan dos acuerdos que son paralelos, el expediente de información pública —donde se resuelven las alegaciones e informes que hacen los concellos afectados, los vecinos y las Administraciones sectoriales—, y el proyecto constructivo, que es desarrollo del proyecto de trazado.

Una correcta tramitación exige que la aprobación del expediente de información pública se produzca de manera previa o simultánea a la aprobación definitiva del proyecto. De esta manera se informan las alegaciones realizadas, estimándolas o desestimándolas, y así se pueden incorporar al proyecto definitivamente aprobado. Pero en este caso, el informe que analiza y estima o desestima las alegaciones es de fecha posterior (enero del 2019) a la sesión del Consello de la Xunta en que, teóricamente, se aprobó el proyecto constructivo (5 de diciembre del 2018), lo que supone un grave vicio procedimental.

Por otro lado, habiéndose esgrimido desde el Ayuntamiento de Cambre que el proyecto constructivo requería de un estudio informativo, con análisis de alternativas —pues se modificaba la conectividad prevista en el proyecto de trazado—, el Tribunal Superior, si bien no comparte la totalidad de este planteamiento de Cambre, sí que tiene en cuenta que el proyecto de trazado ha sido anulado en sentencia reciente, por lo que para mantener la viabilidad del proyecto constructivo, sí era necesario que asumiese también las funciones de estudio informativo (ya que no existe proyecto de trazado), por lo que también anula el proyecto por esta causa.

«Si se anula el acuerdo aprobatorio del proyecto de trazado, ya no se puede considerar que estemos ante el mero desarrollo de lo resuelto en un anterior acto aprobatorio, su nulidad es un argumento para anular en este caso el proyecto de construcción, sin necesidad de analizar el resto de motivos de impugnación», concluye.

El alcalde de Cambre, Óscar García Patiño, señaló que esta segunda sentencia viene a refrendar no solo las reivindicaciones de las diferentes asociaciones, sino también las del gobierno local: «Lonxe dos personalismos dos que algúns intentan acusarnos, o criterio deste goberno estivo sempre baseado no criterio dos técnicos municipais que traballaron, ao longo dos últimos anos, nesta cuestión. E, agora, a xustiza está a darnos a razón».

García Patiño señala que es el momento de «abandonar as pelexas estériles e os intereses partidistas e particulares abandeirados, aínda hoxe, por algúns políticos que pretenden ser xuíz e parte», en alusión al alcalde de Oleiros.

Desde la Consellería de Infraestruturas e Mobilidade señalan que están estudiando la sentencia en profundidad, por lo que emitirán una valoración a lo largo de esta semana.