El recurso de Canarias, única opción para recuperar el sufragio
ELECCIONES GALLEGAS 2009
El Tribunal Constitucional tardaría un mínimo de 3 años en resolver
09 may 2011 . Actualizado a las 06:00 h.Los emigrantes que militan en la recuperación de sus derechos electorales tan solo tienen ahora una oportunidad: el recurso que presentó hace unos días el Gobierno de Canarias en el Tribunal Constitucional, después de que ninguna comunidad autónoma, incluida la gallega, encontrara una base legal para dar salida al recurso. En el caso canario, la decisión afecta a varios artículos de su Estatuto y a su organización territorial en cabildos, de ahí que los equipos jurídicos coordinados por Fernando Ríos, secretario general de Presidencia, no dudaran ni un minuto a la hora de presentarlo. Por supuesto, el peso de la emigración canaria en los procesos electorales de las islas también tuvieron su influencia en la decisión.
Si el Constitucional admite a trámite el recurso, «lo normal es que tarde entre tres y cuatro años en resolverlo», asegura Fernando Ríos. El secretario general de Presidencia del Gobierno de Canarias cree que el concepto de vecindad que sostiene el veto al voto de los emigrantes en las municipales no tiene soporte constitucional. «Lo importante es la ciudadanía», asegura, por lo que considera que la reforma adolece de vicios de inconstitucionalidad.
Salvo por este aislado recurso canario, los emigrantes se sienten desamparados. Critican que tanto el PSOE como el PP, y en el caso de Galicia el BNG, no atiendan sus reivindicaciones. Esta desafección se da incluso entre representantes de estos partidos en la emigración, que tropezaron de lleno con los aparatos de sus formaciones cuando pretendían explicar sus puntos de vista. A la reunión celebrada el sábado en París tan solo fueron invitados representantes de Izquierda Unida y Coalición Canaria, por su oposición a la reforma. Finalmente asistió el senador de IU Joan Nuet.
Tampoco el Defensor del Pueblo atendió la petición de los emigrantes para recurrir la ley electoral. Y ello a pesar de reconocer la contradicción que supone que en el Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior se reconozca el derecho de los emigrantes a ser «electores y elegibles en todos y cada uno de los comicios en las mismas condiciones que la ciudadanía residente en el Estado español». Sin embargo, el informe del Defensor del Pueblo concluye que la Constitución prevé que sea la condición de vecindad lo que articule el derecho a voto en las municipales. La última opción de los emigrantes radicaría en presionar para forzar otro cambio legal.
«El concepto de vecindad no se sostiene; lo importante es la ciudadanía»
Fernando Ríos