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Los británicos podrán manejar yates españoles en estas aguas este verano

e. a. REDACCIÓN / LA VOZ

SOMOS MAR

XESÚS BÚA

Marina Mercante confirma a la patronal del sector que incluirá las del Reino Unido entre las titulaciones reconocidas por España

12 abr 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Uno de los efectos que ha tenido el brexit en la náutica de recreo española es vedar el timón de yates, veleros y otras embarcaciones con su bandera a los británicos con titulaciones de su país. Mientras el Reino Unido formaba parte del club comunitario, el título de sus patrones estaba reconocido y era perfectamente válido para ponerse al timón de un buque español. Pero al dar portazo y dejar plantados a los otros Veintisiete, el exsocio pasó a tener rango de tercer país y, además, su nombre no figuraba en la relación de Estados cuyos títulos se reconocen en el litoral ibérico.

Es decir, que desde el 1 de enero pasado, las habilitaciones que los ciudadanos británicos tienen para gobernar embarcaciones de recreo no sirven en España, dado que no cumplen «los requisitos establecidos» en el real decreto que regula las titulaciones náuticas, ni han sido convalidados.

Por supuesto que pueden navegar en aguas españolas con yates y veleros que enarbolen la Union Jack u otras que le reconozcan sus títulos, pero no manejar una embarcación de bandera española por las costas de esta jurisdicción. Por tanto, tampoco podrían gobernar un barco de recreo de alquiler y eso, sin duda, tendría consecuencias negativas para este sector.

La Dirección General de la Marina Mercante, tras ser advertida por la Asociación Nacional de Empresas Náuticas (Anen), se puso manos a la obra para modificarlo y, según la patronal del sector, esa enmienda estará lista antes del verano.

Corrección del decreto

Al menos eso es lo que le ha trasladado Marina Mercante a la agrupación, señalando que se corregirá en el real decreto que regula el equipo de seguridad y prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo. Irá en una «disposición que modifica aspectos recogidos en el real decreto 238/2019» (entre ellos un cambio del 875/2014 por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo), a fin de que se incluya a Gran Bretaña en el anexo IX (que aborda los títulos expedidos por otros Estados).

Por ello, con la entrada en vigor del nuevo real decreto, cuya publicación se espera en breve, todo lo mencionado dejaría de tener validez y los ciudadanos británicos podrán utilizar el título RYA para alquilar y gobernar embarcaciones de recreo de bandera española en nuestras aguas.