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El Tribunal Superior de Justicia anula un decreto que pretendía desproteger al lobo, entre otras especies, en Navarra

Somos Agro REDACCIÓN / LA VOZ

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El lobo Belmon de la Casa del Lobo en Belmonte de Miranda
El lobo Belmon de la Casa del Lobo en Belmonte de Miranda Eloy Alonso | EFE

Dos colectivos ecologistas recurrieron la normativa al considerar que dejaba sin protección al 74 % de la fauna catalogada en esta comunidad

17 jul 2021 . Actualizado a las 10:07 h.

El Fondo Navarro para la Protección del Medio Natural (Gurelur) y la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (Ascel) decidieron hace un par de años llevar a la Comunidad de Navarra ante los tribunales. Denunciaron ante el juzgado el Decreto Foral 254/2019 por el que se generaba el Listado Navarro de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, así como los Catálogos de Especies de Flora y Fauna amenazadas en esta región. Es norma, explican las dos asociaciones ecologistas, pretendía sustituir a una legislación previa y «suponía una ostensible degradación del esquema de protección de especies», dejando fuera al 74 % de las especies que hasta entonces estaban protegidas, entre ellas el lobo. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia ha dado la razón a estas organizaciones.

Explican en Ascel y Gurelur que el nuevo catálogo de la comunidad reducía a dos las categorías de protección según el grado de amenaza, cuando la vigente ley foral recoge cinco distintas. Esto suponía eliminar el 74 % de las especies que en el anterior catálogo contaban con algún tipo de protección, «eliminando por tanto las obligaciones administrativas que emanan de la catalogación de la especies efectuada en 1995 y 1997, como son la aprobación y ejecución de panes de gestión y recuperación de dichas especies», lamentan los ecologistas. Es decir, que el Gobierno de Navarra «pretendía aprobar legislación que le permitiera evadir compromisos legales previos que ha venido sistemáticamente incumpliendo». 

Las dos organizaciones ecologistas argumenta que, tras la sentencia, la Ley Foral 2/1993 de protección y gestión de la fauna silvestre sigue plenamente vigente, por lo que la comunidad está obligada a su cumplimiento y, por lo tanto, tiene la obligación de elaborar una protección conforme a esta ley. Navarra ha recurrido la sentencia, en una decisión «arbitraria y vergonzosa, carente de sentido común«, afirman Ascel y Gurelur. Ambas entidades confían en el fracaso de ese intento.