Ayuda psicológica, médica, jurídica y económica para las prostitutas
La tercería locativa actúa así como un tipo agravado del proxenetismo y en ambos casos se comete solo con constatarse el ánimo de lucro y el favorecimiento. No hacen falta, como hasta ahora, ni la violencia ni la intimidación. De hecho, el Código Penal mantendría el actual delito de proxenetismo como el tipo agravado. Castigará con penas de tres a seis años de cárcel y multa de 18 a 24 meses a todo el que empleando violencia, intimidación, engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima determine a una persona mayor de edad a ejercer o a mantenerse en la prostitución. Todas las clases de proxenetismo, sobre todo las vinculadas a la tercería locativa, podrán ser castigadas con sanciones económicas adicionales muy altas, que en el caso de delitos con penas de más de cinco años pueden ir del triple al quíntuple del beneficio obtenido por el chulo o el dueño del burdel.
La legislación represiva que supone esta ley se complementaría con acciones concretas para la recuperación de las víctimas de la explotación sexual, las prostitutas, mujeres en nueve de cada diez casos —y en la inmensa mayoría de las ocasiones, extranjeras— con mucha frecuencia sin papeles de estancia legal en España y víctimas de las redes de trata de personas. Esta política integral de ayudas psicológicas, médicas, jurídicas, económicas o sociales para su recuperación e integración sociales sería muy similar a la red de asistencia con la que Estado, autonomías y ayuntamientos tratan de rescatar a las víctimas de la violencia de género de esa otra lacra. Esta red social de recuperación se desarrollaría a través de la ley de Trata, cuyo borrador elaboran en la actualidad los ministerios de Igualdad y Justicia.