Las delegaciones de Gobierno aplican de forma distinta la norma de las franjas horarias; la Xunta espera que el Ejecutivo lo aclare
07 may 2020 . Actualizado a las 17:10 h.
La nueva fase de desescalada arranca con polémica en la interpretación de la orden del Ministerio de Sanidad que regula cómo pueden salir a realizar actividad física al aire libre los mayores de catorce años.. Todo a raíz de la interpretación del punto 2 del artículo 5 de la orden del Ministerio de Sanidad publicada en el Boletín Oficial del Estado: «Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre las 6.00 horas y las 23.00 horas».
Este punto, por ejemplo, se considera de forma distinta en Galicia y en Asturias. La interpretación asturiana es más abierta y toma como unidad de referencia los núcleos de habitantes, no los municipios, algo que dejaría sin restricciones a muchas más personas. Y afirman que su aplicación tiene el visto bueno del Ejecutivo estatal. «Tras consultar con el Gobierno, hemos comunicado a la Federación Asturiana de Concejos que en Asturias, el ámbito territorial de aplicación de la norma es el núcleo de población, no el concejo. Por lo tanto, en los núcleos de menos de 5.000 habitantes no habrá franjas horarias en los paseos y prácticas deportivas», explica la Delegación del Gobierno asturiana, también en sus redes sociales. Así, detalla que serán los alcaldes y la Guardia Civil quienes decidan en qué núcleos no se aplica ningún tipo de restricción horaria para el paseo. Y los medios autonómicos indican que tanto el Ayuntamiento de Gijón como el de Oviedo llevarán a cabo la regulación.
La Delegación del Gobierno gallega determina, sin embargo, que el mencionado punto afecta a las entidades locales menores, es decir, núcleos de población pequeños, con pocos habitantes y algún tipo de jurisdicción especial, aunque dependientes de un municipio mayor. «Además de los municipios con menos de 5.000 habitantes, la norma que entra en vigor mañana también tiene en cuenta las entidades locales menores con menos de estos habitantes, aunque estén en municipios que superen ese umbral», publica el organismo en sus redes sociales. Así, en Galicia solo habría seis entidades locales menores afectadas, Arcos da Condesa (Caldas de Reis), Bembrive (Vigo), Camposancos (A Guarda), Chenlo (O Porriño), Morgadáns (Gondomar) y Pazos de Reis (Tui). Existen otras tres en la comunidad, pero al pertenecer a municipios de menos de 5.000 habitantes ya se les aplicaba la misma norma -Berán (Leiro), Queimadelos y Vilasobroso (Mondariz).