El juzgado ordena derribar un edificio en Caldas en dos meses

Cristina Barral Diéguez
cristina barral PONTEVEDRA / LA VOZ

PONTEVEDRA

La sentencia del TSXG que afecta al edificio es del 2005.
La sentencia del TSXG que afecta al edificio es del 2005. ramón leiro< / span>

El alcalde afirma que el oficio fue recurrido ante el Tribunal Superior

03 dic 2013 . Actualizado a las 07:00 h.

Un nuevo plazo judicial para acometer el derribo del edificio ilegal de la calle Real de Caldas es lo que tiene encima de la mesa el Concello. El alcalde, Juan Manuel Rey (PSOE), recibía el pasado 4 de noviembre por registro dos oficios del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Pontevedra sobre este conflicto urbanístico que se remonta al año 2002.

Las dos comunicaciones están firmadas por el secretario judicial y llevan fecha del 28 de octubre. En una, se requiere al regidor para que ejecute el derribo del inmueble ubicado en el número 57 de la calle Real, «debiendo hacerlo en el plazo de dos meses desde esta resolución, con idénticos apercibimientos a los que se le habían realizado». En el otro oficio se da al alcalde un plazo de diez días para que alegue contra la imposición «a su cargo» de una nueva multa coercitiva de 1.200 euros, «en los términos en que ya se le advirtió en su día».

Las comunicaciones judiciales fueron desveladas en el pleno del pasado por viernes por el partido de la oposición Independentes de Caldas (ICdR). Su portavoz municipal, Fernando Pérez, preguntó a Rey qué medidas iba a adoptar para cumplir la orden «directa e clara» de la magistrada en relación con el derribo del edificio de la calle Real.

A preguntas de La Voz, el regidor indicó ayer que los dos oficios fueron recurridos ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). A mayores, la representación legal del Ayuntamiento recibió un auto del juzgado en el que consta que Rey ya no está imputado por desobediencia en relación con esta demolición.

El equipo de gobierno se agarra al caso del edificio Conde de Fenosa, en A Coruña, para evitar el derribo, decretado por sentencia del Juzgado de lo Contencioso número 3 de Pontevedra en el 2002, y firme tras ser ratificada en el 2005 por el TSXG. El Tribunal Superior anuló el pasado abril la demolición de ese inmueble de la ciudad herculina -que él mismo había decretado once años antes- al considerar «desproporcionadas» las medidas necesarias para la restauración de la legalidad.

El Concello cree que hay «varias similitudes» con ese caso y confía en que la Justicia le dé la razón. El coste del derribo asciende a 529.850 euros y sería muy gravoso para las arcas municipales. El edificio se construyó con licencia, pero fue anulada al incumplir la normativa del fondo edificable.