La Audiencia abordó ayer el recurso presentado por una piscifactoría de Quiroga La Xunta no paga una indemnización de más de cien millones a una piscifactoría de Quiroga y tampoco permite que le sea embargada una parcela y cuentas bancarias para hacer frente a dicha cantidad. La Audiencia Provincial de Lugo estudió ayer un recurso presentado por la empresa afectada contra la decisión de un juzgado de Monforte de aceptar las tesis de la Xunta en el sentido de considerar que los bienes de uso público no son embargables. La indemnización la decidió el Supremo tras una mortandad de truchas.
23 may 2001 . Actualizado a las 07:00 h.Tras un largo rosario de acciones judiciales, iniciadas en 1983, el Supremo decidió hace más de un año que la Xunta debería indemnizar a la empresa Piscilor, de Quiroga, por la contaminación que sufrió el río Lor y que provocó la muerte de miles truchas en el complejo piscícola. Los lodos, provenientes de una pista forestal en la que hacía obras la Consellería de Agricultura, fueron la causa de esta mortandad. Como la Xunta no acataba la sentencia, un juzgado de Monforte dictó un auto para proceder al embargo de una parcela del IGVS en Acea de Olga, en Lugo, y también cuentas bancarias del Gobierno Gallego. Contra éste recurrió la Xunta por considerar que los bienes afectos a uso o servicio público no son embargables. Este planteamiento fue aceptado y el servicio jurídico de la empresa formuló otro recurso, en este caso ante la Audiencia Provincial. El asunto fue abordado ayer. El letrado de Piscilor dijo que los bienes de la Xunta sí son embargables y recordó que ésta solicitó la anulación de la diligencia del embargo pero no la nulidad del auto del juzgado monfortino. Explicó que la parcela que plantean embargar es un bien patrimonial destinado a la venta y recalcó que no es de uso público. «Los bienes patrimoniales -dijo el letrado- sí son embargables, lo mismo que los de titularidad de entidades locales». Lo mismo dijo de las cuentas que corresponden a ingresos del impuesto de sucesiones y donaciones. «Los servicios públicos -añadió- no se hacen depender de que existan o no esos ingresos. La cantidad que reclamamos es importante pero infinitesimal para una administración que gestiona billones de pesetas y que parece que desde el año 1985 vive en la indigencia, pero a la vista está en que gastan el dinero». Demagogia El letrado de la Xunta calificó algunos de los aspectos esgrimidos por el abogado de la empresa como demagógicos. «Es un absurdo jurídico intentar embargar las cuentas. Sería el primer tribunal de España que lo hiciese. El dinero de las mismas sí que sirve a los servicios públicos y éstos pueden quedar vacíos de contenido. Todo el dinero tiene sus fines», añadió. En cuanto al embargo de la finca indicó que debe ser desestimado por considerar que se trata de un bien de un tercero, en concreto el IGVS que, según expresó, tiene personalidad jurídica propia y nunca llegó a ser demandado.