Los parques eólicos deberán ser catastrados y valorados como Bienes Inmuebles de Características Especiales, medida que permitirá a diez concellos mariñanos que cuentan con estas instalaciones triplicar su recaudación por este concepto. A mediados de julio la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo falló a favor de la Federación Galega de Municipios e Provincias, que había recurrido el Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, que desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. El TS anuló un parágrafo del artículo 23 del decreto que excluía de las energías del régimen especial, entre otras la eólica, obligando a que «os parques eólicos e os fotovoltaicos sexan catastrados e valorados como Bices».
Desde la Fegamp explicaron ayer que esta medida repercutirá directamente en las arcas municipales, ya que al ser valorados como Bienes Inmuebles de Características Especiales «pasarán de aplicar o tipo impositivo do 0,4 que ordinariamente viñan facendo como bens urbanos ata o 1,3, fixado como máximo para os Bices».
Una vez conocida la resolución del Tribunal Supremo desde la Fegamp remitieron una comunicación a todos los ayuntamientos para informarles de la sentencia. Asimismo, también puso a disposición de las administraciones locales un modelo de ordenanza fiscal que sirve de guía en los trámites para hacer efectiva la subida del tipo impositivo del impuesto de bienes inmuebles de los parques eólicos. Desde la federación instan a los concellos a agilizar esta modificación y a aprobar el cambio en la ordenanza antes de final de año.
Anexo del Catastro
Además de comunicar este logro a la Federación Española de Municipios y Provincias -ya que la sentencia será de aplicación en el ámbito nacional- desde la Fegamp ya han instado a las gerencias territoriales del Catastro en Galicia a que inicien los trámites pertinentes para aplicar la sentencia. El objetivo es que los concellos puedan ya beneficiarse de la misma en los presupuestos del próximo año.
El gobierno local de Xove ha sido uno de los primeros de la comarca en llevar a pleno (lo hizo ayer) la aprobación inicial de la ordenanza que regula el impuesto sobre bienes inmuebles y que contemplará este cambio. El resto, se presupone que lo harán en los próximos meses.
A la espera de que el Gobierno central publique el reglamento de energías específicas para que el fallo del TS sea aplicable, las oficinas del Catastro deben elaborar un anexo que certifique el reglamento específico de Bices.
Para facilitar la implantación del proceso la Fegamp ofrece a los ayuntamientos todo tipo de información, además de un modelo de ordenanza. Entre otros aspectos, en éste, desde la Fegamp indican, en el artículo 2 de Suxeitos Pasivos: «No caso de bens inmobles de características especiais, cando a condición de contribuínte recaia nun ou en varios concesionarios, cada un deles o será pola súa cota, que se determinará en razón á parte do valor catastral que corresponda á superficie concedida e á construción ou parte do inmoble directamente vinculada a cada concesión».
La sección de eólicos de la Fegamp viene defendiendo este derecho de la Administración local desde el año 2005.