A pesar de que Endesa aduce que en la concesión no existe ninguna obligación en este sentido, la Fiscalía basa su denuncia en la Directiva Marco del Agua de la UE y en la Lei de Pesca Fluvial de Galicia de 1992, que obliga a los aprovechamientos hidráulicos a respetar el caudal ecológico.
Además de identificar a los directivos de Endesa relacionados con este asunto, el fiscal pide que se reclame un informe de la Comisión Nacional de la Energía para determinar el beneficio hidroeléctrico de la empresa por no respetar el cauce mínimo de 1.661 litros por segundo marcado por Augas de Galicia. Estos hipotéticos ingresos, en línea con la multa que en su momento se pidió para Ferroatlántica por el secado del embalse de Fervenza, se calcularán a partir del 2001, cuando Endesa pasó a ser titular de la presa. El eventual delito penal también se circunscribiría a estos nueve años, mientras que el resto se da por prescrito.