Sancionan, por conducir temerariamente y derrapando, a un septuagenario que estaba en cama
04 feb 2002 . Actualizado a las 06:00 h.Expendiente X o error visual. Ésa es la duda que quiere resolver Juan Castelao, un vigués de 77 años que el 26 de febrero del año pasado recibió una sorpresa del Ministerio del Interior. Por conducir de modo temerario en Boiro, haciendo curvas y derrapando, y huir del agente que le dio el alto, la Jefatura Provincial de Tráfico le imponía una multa de 75.000 pesetas (450,76 euros). Además, le notificaba la retirada del carné de conducir durante un mes. Juan Castelao leyó la notificación una, dos y hasta tres veces. Y es que para este vigués, en el parte del agente que cursó la multa tenía que existir algún error, porque en la madrugada del 16 de diciembre del 2000, fecha en la que se emitió la denuncia, Juan Castelao estaba durmiendo junto a su mujer en su casa de Vigo, y su Opel Vectra 1.7 con matrícula PO-2506-AV estaba aparcado en el garaje. Además, ninguno de sus hijos pudo haberlo tomado prestado porque, tal y como explicó su mujer, ya tienen el suyo. Juan recurrió la multa ante la Jefatura Provincial de Tráfico porque hacía más de veinte años que no pisaba Boiro y menos aún a las tres de la madrugada. Además, en su recurso de alzada especificaba que se había violado el principio de presunción de inocencia durante la tramitación del expediente. El proceso se dilató y la contestación de la Jefatura Provincial de Tráfico de A Coruña que agotaba el trámite le llegó en septiembre. En la respuesta ofrecida por la administración, el agente denunciante ratifica los términos de su denuncia, explicando que los hechos sucedieron como se consignó en el boletín de la denuncia. Con esta respuesta se cerraba la vía administrativa. pero Juan Castelao seguía en sus trece. Para probar su inocencia sólo le quedaba la vía judicial, pero el proceso era largo y caro. Juan Castelao echó cuentas y optó por pagar las 75.000 pesetas y estar un mes sin tocar el volante. Aún así, asegura que es inocente. Los medios de prueba ya no están al alcance del sorprendido vigués, pero numerosas sanciones en las que el infractor no ha sido identificado se recurren con éxito alegando que uno no conducía el vehículo en el momento de la falta y que según la ley de procedimiento administrativo, «la responsabilidad por las infracciones a lo dispuesto en esta ley recaerá directamente en el autor del hecho en que consista la infracción». La multa, en este caso, recayó sobre el coche. Y la pagó su propietario, un ciudadano paciente.