El Supremo anula una concesión de terrenos en la dársena interior

M. Cheda FERROL

FERROL

A.?P.

El fallo obliga al Puerto a recuperar una parcela sobre la que Pérez Torres ha levantado una nave El alto tribunal también condena al Estado a pagar las costas del proceso, que empezó en 1997

02 jun 2005 . Actualizado a las 07:00 h.

?l Tribunal Supremo (TS) ha decidido anular un acto administrativo de concesión de 6.000 metros cuadrados a la consignataria Pérez Torres dentro de la dársena interior, en una zona próxima a la antigua playa de Copacabana. Estima que dicha empresa, por diversas causas, jamás debería haber ganado el concurso que la Autoridad Portuaria de Ferrol-San Cibrao organizó en 1997 para adjudicar a un operador privado la explotación de la citada parcela durante dos decenios. Da así la razón a la compañía que perdió aquella subasta, COP Galicia, y ratifica también, en todos sus términos, un fallo emitido por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) en mayo del 2002. Esta sentencia, fechada a 2 de abril en Madrid y notificada ayer a las partes, tiene consideración de firme. O sea, contra ella no cabe recurso ante instancia alguna. La resolución obliga a la Autoridad Portuaria a revertir el estado de las cosas al momento anterior a la adjudicación de 1997, es decir, a rescatar para el dominio público los polémicos terrenos y a sacarlos luego de nuevo a puja. Una circunstancia a mayores complica todavía más el asunto: sobre la propiedad en cuestión ha levantado Pérez Torres una nave. Ésta, valorada por agentes del sector en una horquilla de 2,4 a 3,6 millones de euros, la utiliza la consignataria para almacenar mercancías limpias, bobinas de papel prensa fundamentalmente. El citado fallo, además, condena a la Administración central a pagar las costas de tan largo proceso, presupuestadas en un máximo de 3.000 euros. «Estoy muy satisfecha, claro», manifestó ayer por la tarde la letrada que ha representado a los demandantes a lo largo de todos estos años, la ferrolana Celia Núñez Balboa. ¿En qué basa el TS su resolución? Al igual que antes lo había hecho el TSXG, entiende que la sociedad vencedora del concurso incumplió varios de los requisitos formales que se detallaban en el pliego de normas de la competencia: no depositó la fianza provisional, no acreditó su personalidad jurídica debidamente... Asimismo, aprecia errores en el modo de proceder de la propia Autoridad Portuaria, pues eludió someter el expediente al trámite de exposición al público, olvidó solicitar informes urbanísticos al Ayuntamiento... Finalmente, penaliza el hecho de que Santiago Pérez Torres participase en la junta del consejo de administración del Puerto que dio vía libre a la concesión de la parcela, aunque el empresario se abstuviese de tomar parte en la votación de aquel punto del orden del día. Dos meses para ejecutarla ¿Y qué va a pasar ahora? El equipo que hoy gobierna la Autoridad Portuaria, capitaneado por Ángel del Real, tiene sólo dos meses de plazo para ejecutar la sentencia. Consultado ayer sobre lo que piensa hacer, un portavoz manifestó: «Nuestros servicios jurídicos van a analizar detalladamente el fallo para cumplirlo». De acuerdo con expertos juristas, el organismo también podría agarrarse a una segunda vía alternativa e intentar llegar a un acuerdo a tres bandas con Pérez Torres y COP Galicia. En cualquier caso, Del Real y sus colaboradores se enfrentan a una auténtica patata caliente sin comerlo ni beberlo, ya que todo este lío arrancó durante la presidencia de Guillermo Romero-Caramelo. ¿Y cuál va a ser la actitud de los gestores de COP Galicia? ¿Exigirán, como es su derecho, que se lleven a efecto estrictamente las órdenes del TS? «Estamos abiertos al diálogo, nada más», se limitó a decir una fuente de la firma. Por su parte, el industrial Santiago Pérez Torres declinó realizar declaraciones.