La Audiencia Nacional absuelve a Villarejo y López Madrid del encargo para hostigar a la doctora Pinto
ESPAÑA
El tribunal sostiene que no queda acreditado la existencia de un pago del empresario al excomisario en contraprestación a este supuesto servicio
05 feb 2026 . Actualizado a las 15:53 h.La Audiencia Nacional ha absuelto al comisario jubilado José Manuel Villarejo y al exconsejero de OHL Javier López Madrid respecto al supuesto encargo para hostigar a la dermatóloga Elisa Pinto, al no quedar acreditado que existiese un pago o dádiva en contraprestación a este supuesto servicio. El tribunal ha absuelto a ambos de un delito de cohecho, al igual que al socio de Villarejo, Rafael Redondo, a quien también acusaba la doctora Pinto, que ejercía la acusación popular y pedía para los investigados penas de cárcel de entre cuatro y seis años de prisión.
Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que el tribunal considera que no ha quedado acreditado que Villarejo o CENYT —su grupo empresarial— «solicitaran ni recibieran pago alguno por parte de López Madrid» para realizar dicho encargo. De esta forma, la Sala de lo Penal coincide con el criterio de la Fiscalía, que no presentó acusación y que, en la exposición de su informe final, pidió la absolución a los acusados porque no se había encontrado prueba del supuesto pago.
Este caso, en el que la Fiscalía no veía delito al no considerar tampoco acreditado el pago de un encargo a Villarejo, es un procedimiento judicial distinto al que está pendiente en un juzgado penal de Madrid, donde Villarejo y López Madrid se sentarán en el banquillo acusados de acoso, amenazas y lesiones a la dermatóloga.
Con esta sentencia, Villarejo ha sido absuelto en cinco piezas del caso Tándem y acumula dos condenas, la más abultada de 13 años, si bien solo en una de las piezas juzgadas hasta ahora el tribunal le ha considerado responsable de cohecho, que es el delito que está siendo el más controvertido
Los magistrados ven probados contactos, pero no un pago
Los magistrados de la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional consideran probados los contactos entre los acusados referidos al conflicto que el empresario mantenía con la doctora, pero no que existiese un pago por parte de López Madrid a Villarejo o a su empresa, el grupo Cenyt, y tampoco que el exconsejero de OHL supiera que el comisario era un policía en activo.
La Sala considera probado que López Madrid y el socio de Villarejo, Rafael Redondo, acudieron a instancias del comisario a la consulta de la doctora en diciembre del 2013 para decirle a la dermatóloga que dejase de llamar al empresario y que si continuaba la Policía iría a verla, añadiendo el exconsejero que la Policía «tenía todo».
Sin embargo, no ha quedado corroborado que existiese una contraprestación por aquel encuentro, ocurrido en un contexto en el que el empresario mantenía un «grave conflicto personal» con la dermatóloga que desembocó en denuncias cruzadas de acoso entre ambas partes.
Sin pruebas que desvirtúen la presunción de inocencia
A juicio de la Sala no existe prueba para desvirtuar la presunción de inocencia de los tres investigados, al no quedar probado un pago o dádiva, un contrato u oferta ni haberse hallado tampoco informe alguno referido a la doctora. Respecto al supuesto pago hay dos referencias «contradictorias entre sí». Una es una anotación del 2013 en la agenda de Villarejo sobre «entrega 10 a cuenta», que no corresponde a un pago bancario y sobre la que tampoco hay elementos que permitan corroborar «de manera» indiciaria un pago en metálico.
La otra es una conversación mantenida en el 2017 por Villarejo en el que se le escucha decir que va a pedir a López Madrid, a «Javierito», que le ponga un «poquito de pasta» por meterle en el «embolao» sin decírselo, lo que los jueces consideran una alusión a una posible reclamación de daños y perjuicios y no a pagos previos.
Además, dejan fuera del objeto de esta causa otra anotación hecha por Villarejo en el 2013, «BIG quedaría hoy con Madrid. 211.000 euros/año», porque se desconoce si tal dádiva la habría solicitado o cobrado el comisario Enrique García Castaño —el referido como 'Big'—, Villarejo u otra tercera persona.
En una sentencia que puede ser recurrida, los jueces apuntan a que las declaraciones de López Madrid como investigado y de la doctora Pinto como testigo «hay que valorarlas como carentes de imparcialidad, dentro del contexto de conflicto personal existente entre ambos».
Tras quedar juzgada y sentenciada esta causa, queda pendiente el juicio por las presuntas amenazas y lesiones a la doctora Pinto, que no tiene fecha tras haber sido aplazado recientemente y en el que la Fiscalía pide ocho años y ocho meses de prisión.