Jueces y fiscales creen que será demandable temporalmente

Julio Á. fariñas REDACCIÓN / LA VOZ

ESPAÑA

06 jun 2014 . Actualizado a las 07:00 h.

A partir del día que entregue la corona a su hijo, el actual inquilino del palacio de la Zarzuela, se lo permite tendrá más tiempo para colocarse de nuevo el caso y salir de paseo en alguna de sus motocicletas de gran cilindrada. Pero tendrá que andarse con ojo, porque si atropella a un peatón o comete alguna infracción grave, tendrá que afrontar su paso por los tribunales, como un ciudadano más, al menos hasta que el Parlamento le habiliten un nuevo blindaje.

A la hora de valorar la consecuencias de su nuevo estatus jurídico, los magistrados, fiscales y abogados consultados coinciden en que a partir de ese día ya no será todo igual que en las cuatro últimas décadas, cuando estaba blindado por la cobertura que le daba su cargo de jefe de Estado. Gozaba de inviolabilidad, lo que le liberaba de toda responsabilidad penal sobre sus actos.

División de opiniones

¿Todos en el futuro, cuando deje de ser rey? Sobre este extremo hay división de opiniones entre las fuentes consultadas. Un veterano magistrado del Tribunal Supremo está convencido de que solo de aquellos en que ejecutaba como monarca, ya que tenían que ser refrendados por el presidente del Gobierno o el ministro de competente que asumen toda la responsabilidad de los mismos. Esta misma fuente descarta categóricamente que ese estatus sea extensible a temas del ámbito civil. «Una demanda de filiación de paternidad, por ejemplo -explicó- no estaría cubierta porque la inviolabilidad afecta solo a la responsabilidad penal. En un caso así, el juez de turno se vería obligado a aceptar la demanda y resolver con arreglo a derecho.

Otros no opinan lo mismo. Así, el fiscal jefe de un tribunal superior considera que la inviolabilidad cubre todos los hechos que hayan podido afectar durante su mandato como rey, tanto dentro del ámbito civil como el penal. «Haya hecho lo que haya hecho, haya sido cual haya sido su conducta -explica-, ningún tribunal podría abrir una causa para investigar su actuación, para someterla a juicio aunque fuese penalmente responsable». Precisa que la Constitución, cuando dice que es inviolable, no distingue entre actos de su vida pública y de su vida privada.

Rey emérito

La división de opiniones llega al extremo de que mientras algunos, como el portavoz de Jueces para la Democracia, considera que «algunos privilegios actuales que tiene el jefe de Estado son discutibles, como la inviolabilidad», otros creen que debería mantenerse incluso tras la abdicación, porque, según un fiscal de la Audiencia Nacional, pasaría a tener el estatus de «rey emérito».

Para mantener el blindaje sobre hechos que se produzcan con posterioridad y que pudieran ser objeto de querella o demanda, tendría que reconocérsele ese estatus por ley. Unos opinan que sería suficiente con una ley orgánica tramitada por la vía de urgencia y otros mantienen que sería necesaria una reforma constitucional, ya que esa prerrogativa, hasta la fecha, solo está contemplada para el jefe del Estado.

Aunque hay quien opina que el mantenimiento de la inviolabilidad podría tramitarse de forma simultánea a la ley que regulará la abdicación, el calendario de las cámaras lo hace inviable. En consecuencia, don Juan Carlos será demandable, al menos temporalmente, mientras no se le conceda otro estatus.