El Supremo certifica el fin de la justicia universal

melchor sAiz-pardo MADRID / COLPISA

ESPAÑA

El tribunal avala la reforma que prohíbe a la Audiencia Nacional investigar crímenes sin conexiones con España

28 nov 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

Punto y final. Y esta vez definitivo. No habrá más investigaciones sobre genocidios en lejanos países de Asia o violaciones masivas de los derechos humanos en desconocidos Estados africanos. El Tribunal Supremo, en un auto referido a la represión de China en el Tíbet, avala por primera vez la reforma legal del 2009, que prohíbe a la Audiencia Nacional investigar violaciones de derechos humanos y otros delitos de extrema gravedad que no tengan nada que ver con España o con sus nacionales.

La resolución, de la que es ponente el magistrado Alberto Jorge Barreiro, confirma la legalidad de la decisión del titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, de archivar en febrero del 2010 la causa que instruía hasta entonces y en la que investigaba a tres ministros y cinco altos cargos chinos por su implicación en la represión en el Tíbet en marzo del 2008, cuatro meses antes de la celebración de los Juegos Olímpicos de Pekín.

El juez Pedraz dio carpetazo a ese sumario, abierto tras la denuncia del Comité de Apoyo al Tíbet y la Fundación Casa del Tíbet, después de que el 5 de noviembre del 2009 entrara en vigor la reforma legal aprobada por el Parlamento que limitaba el principio de jurisdicción universal.

La mencionada modificación del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial especifica ahora que los tribunales españoles únicamente podrá «conocer» sobre delitos en los que se acredite que sus presuntos responsables se encuentran en España o que existan víctimas de nacionalidad española o que se constate que existe un «vínculo de conexión relevante con España».