El Supremo acepta la recusación de Garzón contra cinco magistrados

julio á. fariñas REDACCIÓN / LA VOZ

ESPAÑA

No podrán formar parte del tribunal en la causa de los crímenes franquistas

14 jun 2011 . Actualizado a las 06:00 h.

Cinco magistrados de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo no podrán juzgar al también magistrado Baltasar Garzón en la causa de los crímenes del franquismo, la primera de las tres que tiene abiertas contra él el alto tribunal. Así lo decidió ayer la Sala especial del 61, que aceptó la recusación presentada en su día por la defensa del titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, respaldada por la Fiscalía, contra cinco de los siete magistrados designados en su día para formar parte del tribunal juzgador.

El acuerdo de la sala contó con 13 votos a favor y solo dos en contra. Entre los partidarios de rechazar la recusación estaba el magistrado ponente de la resolución, Ángel Calderón, presidente de la Sala de lo Militar, que al quedar en minoría anunció que formulará voto particular. La ponencia pasó a manos del presidente de la Sala de lo Social, Gonzalo Moliner Tamborero.

Una recusación «de libro»

La decisión adoptada ayer por la Sala del 61 era previsible -«de libro», según fuentes judiciales-, pero lo novedoso fue la abrumadora mayoría que la respaldó. De hecho, es la primera vez que el Supremo acepta la recusación de la mayoría de los integrantes de un tribunal.

Los afectados por el acuerdo son, Juan Saavedra, presidente de la Sala, que iba a ser el ponente de la sentencia, Adolfo Prego, Juan Ramón Berdugo, Francisco Monterde y Joaquín Giménez.

Este último fue el único que se manifestó a favor de aceptar la recusación cuando se la pasaron a informe. Ya entonces dijo sentirse «contaminado», por entender que la sala debía «no solo ser imparcial, sino también parecerlo».

La recusación planteada por el letrado Gonzalo Martínez Fresneda, en representación de Garzón, solicitaba que se apartara a cinco de los siete magistrados designados por entender que su intervención en varios momentos de la instrucción -la admisión de la querella y en diligencias previas de la instrucción- los inhabilitaba para juzgarlo con la suficiente imparcialidad.

La Fiscalía hizo público el pasado 31 de mayo un informe en el que apoyaba el primer motivo esgrimido por Garzón y respaldaba que los recusados deberían abstenerse por haber participado en la instrucción de la causa penal, respaldando sin fisuras el trabajo de Luciano Varela como instructor de la causa. Lo que no respaldó en ningún momento la Fiscalía ni el magistrado Joaquín Giménez, abierto partidario de abstenerse, fue la segunda causa de recusación esgrimida por Garzón: la de tener interés directo o indirecto en el pleito.

«No es solo que no podamos presumir la falta de imparcialidad subjetiva en la sala recusada, sino que, desde este punto de vista, toda su actuación procesal aparece como irreprochable», decía el fiscal del caso en su informe.