El Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

C. Cándido MADRID / COLPISA

ECONOMÍA

CAPOTILLO

El Supremo obliga al Ejecutivo a compensar el servicio de reparto e insta a Transición Ecológica a aprobar en seis meses la normativa para regular el coste de este servicio

16 ene 2026 . Actualizado a las 05:00 h.

El Gobierno tendrá que empezar a pagar a los butaneros por la entrega a domicilio de las bombonas. En una sentencia, el Tribunal Supremo insta al Ejecutivo a compensar el servicio de reparto y exige al Ministerio para la Transición Ecológica aprobar en un plazo máximo de seis meses la normativa específica que regule el coste de este servicio obligatorio.

El fallo parte de la reclamación del operador Disa Gas, con obligación de suministro domiciliario a precio regulado en Canarias, que denunció a la Administración por su inactividad al no haber realizado la revisión normativa que cada cinco años regula las condiciones para ejercer la obligación de suministro domiciliario de gases licuados de petróleo (GLP) envasado, y cuyo plazo venció en marzo del 2020. En su denuncia, la empresa alegaba que esta falta de actualización normativa le había provocado un perjuicio económico significativo entre el 2020 y el 2022 y reclamaba 16,6 millones de euros más las cantidades que se vinieran devengando hasta la aprobación de una nueva metodología. En la resolución, el Supremo estima este recurso y declara que la inactividad del ministerio es contraria a Derecho por no haber revisado el precio regulado de las bombonas de butano en el plazo legalmente establecido.

En concreto, Disa aportó un informe pericial elaborado por la consultora Kroll Advisory que cuantifica las pérdidas sufridas en 6,8 millones de euros en el 2020, 5,9 millones en el 2021 y 3,9 millones en el 2022. Según recoge la sentencia, el informe concluye que el «sistema de precios regulados vigente resulta insuficiente para garantizar la viabilidad económica de la actividad de suministro obligatorio de GLP envasado en Canarias», y que los sobrecostes derivados de operar en el archipiélago no están reflejados en la metodología actual.

En la sentencia, el tribunal concluye que Transición Ecológica está obligada a revisar el sistema regulatorio y declara la «existencia de una inactividad administrativa contraria al ordenamiento jurídico», por lo que condena al departamento que dirige Sara Aagesen a tramitar y aprobar, en un plazo máximo de seis meses, la norma reglamentaria correspondiente para regular el coste de este servicio obligatorio.

Un 26,2 % de los hogares

La presencia de la bombona de butano en los domicilios españoles se cuantifica en un 26,2 %, según el último panel de hogares de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia publicado en diciembre correspondiente al primer semestre del 2025. La disponibilidad del servicio ha caído en siete puntos porcentuales en la última década pero aún tiene una presencia importante en zonas rurales, así como en segundas residencias y viviendas de alquiler.