La Seguridad Social reclama a cooperativistas de Factoo el pago de las cuotas de autónomo
ECONOMÍA
Han comenzado a recibir actas de liquidación en las que les exigen cotizaciones de ejercicios pasados
22 ago 2017 . Actualizado a las 13:04 h.La pasada semana, el Ministerio de Empleo descargaba su primer golpe contra el emergente negocio de las denominadas cooperativas de facturación, plataformas web que permiten emitir facturas a quienes ejercen una actividad profesional esporádica y que no genera suficientes ingresos para afiliarse como autónomo a la Seguridad Social. Le retiró a Factoo -la más importante- la calificación de cooperativa. Empleo informó de que una inspección afloró «numerosas conductas infractoras» y probó que Fidelis Factu (su nombre oficial) «no realiza actividad cooperativizada alguna». Los de facto ya excooperativistas se encuentran en medio de un fuego cruzado, pues la Tesorería General de la Seguridad Social ha comenzado a enviarles actas de liquidación exigiéndoles que abonen las cuotas que deberían haber pagado como autónomos, al entender que lo fueron de forma encubierta.
¿Cómo funcionan estas cooperativas?
El trabajador -autónomo en la práctica- se registra como socio de la cooperativa pagando la inscripción y un depósito. A partir de entonces, cada vez que realice una actividad o servicio a un cliente se registrará, a través de la plataforma web, como empleado de la cooperativa, de modo que será esta quien remita al cliente la factura. Al profesional se le abonará la cuantía resultante tras descontar la cotización social (las altas se realizan en el régimen general), el IRPF, el IVA y un porcentaje por el servicio de gestión. Las fuentes consultadas señalan que aunque Factoo ha sido la primera -es la mayor por volumen de facturación y la de mayor visibilidad, por su agresiva publicidad: «Factura sin ser autónomo»-, no es la única en proceso de inspección.
¿Qué implica la decisión de Empleo?
Mientras que el ministerio subrayaba este lunes que tras su resolución Factoo ya no puede seguir operando como cooperativa, desde la firma manifestaban que continuaban su actividad «con normalidad» y que han emprendido «las pertinentes acciones» para defenderse. «Estamos en el centro de un problema que va más allá de nuestra cooperativa, pero que solo se focaliza en Factoo», avanzaron en un comunicado, poniendo sobre la mesa los retos de la economía colaborativa, «que se refleja en el funcionamiento de las cooperativas de trabajo asociado». Niegan las conductas infractoras que les imputan, entre ellas, simular socios trabajadores que realmente lo son por cuenta propia y que deberían cotizar en el régimen especial de autónomos (RETA). «Nuestra actividad no es irregular ni ilegal», dicen, mientras que organizaciones de autónomos, como ATA o UPTA, los acusan de «prostituir» las reglas de juego.
16.000 usuarios, casi medio millar en Galicia
Factoo presta servicio a alrededor de 16.000 cooperativistas, casi medio millar de ellos de Galicia. «Son asociados bastante activos», indican, añadiendo que los perfiles que más destacan en la comunidad son músicos, informáticos, fotógrafos y diseñadores, entre otros.
¿Por qué la Seguridad Social pide cuentas a los cooperativistas?
Porque entiende que deberían haber cotizado como autónomos. Por ello ha comenzado a inspeccionarlos y a remitirles actas de liquidación para que abonen las cuotas atrasadas -más los correspondientes intereses de demora- que les corresponden en el RETA. «No sabemos a cuántos nos están inspeccionando ni cuales son los criterios que han aplicado para darnos de alta determinados períodos como cotizantes», explican los afectados consultados, que han creado una plataforma en Internet para compartir experiencias y organizarse. Denuncian falta de información previa y sentirse desprotegidos, resignados ya a recurrir a los tribunales, ante las nulas esperanzas de que las alegaciones administrativas surtan efecto. Insisten en que su intención era «hacer las cosas bien y cotizar, aunque fuera poco, ya que no facturamos lo suficiente como para pagar como autónomos». Se agarran a que el Supremo estableció que no era obligatorio darse de alta si los ingresos no alcanzaban el salario mínimo, algo de lo que aseguran estar muy lejos.