El Supremo da la razón a un vecino de Vilafrío, en Rodeiro

Rocío Perez Ramos
R. Ramos LALÍN / LA VOZ

RODEIRO

Ratifica el fallo de la Audiencia que ordenaba levantar las tuberías de una traída realizada por Vence

05 mar 2017 . Actualizado a las 05:00 h.

La Sala Civil del Tribunal Supremo inadmitió el recurso de casación interpuesto por el Concello de Rodeiro contra la sentencia dictada el día 17 de septiembre del 2014 por la sección tercera de la Audiencia de Pontevedra en la que se ordenaba levantar los tubos de una traída de agua realizada en Vilafrío, en este municipio dezano. El fallo del Supremo agota la vía judicial y da la razón al demandante, Andrés Soengas, un vecino de Vilafrío que denunció en su día el paso sin permiso por sus fincas en el 2011 con el socialista José Vence como alcalde.

En su día las obras ya habían estado envueltas en polémica. Hubo quejas de vecinos que en mayo del 2011 acusaban al entonces regidor de que las obras solo daban servicio a parte de los residentes y pedían explicaciones. A estas se añadieron otras por el supuesto corte con escombros de una pista de tierra. La mayor oposición fue la de Andrés Soengas, que acabó presentando una denuncia contra el Concello que dio origen a un litigio que se cierra ahora. El proyecto de la traída había sido encargado en su día por Manuel Salgado, aunque se ejecutó ya con Vence de alcalde. Los ediles veían en su día las disputas entre vecinos en el origen del problema. El Concello decidió en su momento agotar la vía judicial después de que la Audiencia ordenase levantar las tuberías. Ahora se enfrenta de nuevo al mismo problema. En este caso le tocará al actual gobierno local presidido por Luis López.

El fallo judicial traerá consigo al Concello un gasto importante, que pasará por levantar la traída de agua y supondrá también dar al traste con unos trabajos que dan servicio a parte de los vecinos de Vilafrío.

Después de eso, el Concello tendrá que decidir también si acomete la obra por otro sitio para salvar ese tramo y mantener la red. Algo que no parece fácil técnicamente, según se explicaba en su momento. En un principio el Juzgado número 2 de Lalín dio la razón al Concello desestimando la demanda del vecino al considerar que no podía considerarse acreditado el terreno concreto por el que discurre la canalización, finca o camino, ni su carácter público o privado. Después la Audiencia dio la razón al vecino que denunciaba que se había colocado una captación subterránea que invadía y ocupaba una finca que era suya. Y ahora el Supremo ratifica el fallo de la Audiencia. El vecino denunciaba que las obras en su finca se habían hecho «a escondidas», sin negociación previa y sin pedir permiso.