La petición fue rechazada en base a una normativa anulada después
21 ago 2013 . Actualizado a las 07:00 h.La familia Campos Paseiro ha presentado una reclamación de responsabilidad patrimonial contra la Xunta de Galicia y el Concello de A Estrada por la denegación de una licencia de obra en el año 2006 en base a una normativa que fue anulada 6 años después. La familia considera responsable a la Xunta por la aprobación del decreto que fijó aquella normativa transitoria y al Concello estradense por su aplicación. En compensación por los perjuicios causados al negársele la posibilidad de construir, los afectados piden una indemnización que ronda los dos millones de euros.
En la junta de gobierno local celebrada el lunes en el Concello de A Estrada se dio cuenta de la reclamación, que las administraciones públicas podrán estimar o no. Una vez desestimada, la familia podrá recurrir a la vía del contencioso.
El caso se enmarca en la lucha del Concello por preservar los terrenos situados en la parte posterior de la alameda para garantizar su ampliación futura.
En las normas subsidiarias de 1978 -que regían el urbanismo estradense antes del 2003 y a las que se ha regresado provisionalmente en el 2012- las parcelas situadas en la parte trasera de los jardines municipales eran urbanizables. Después de varios intentos fracasados de negociación de los terrenos necesarios para llevar a cabo la ampliación de la alameda, en septiembre del 2003 la corporación aprobó por unanimidad una suspensión potestativa de las licencias de obra para salvaguardar las actuaciones previstas en el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM) que entonces se encontraba en proceso de redacción. Una de ellas era precisamente la ampliación de los jardines municipales.
Sin embargo, la tramitación se dilató más de lo deseable y los tres años de suspensión permitidos como máximo se agotaron sin que el nuevo Plan viese la luz. A punto de producirse el regreso forzoso a la normativa de 1978, en agosto del 2006, la Xunta acordó suspender las normas de los setenta, anunció la aprobación de una normativa transitoria que definiría el urbanismo estradense mientras no se aprobase el PXOM y avanzó que entretanto no se concederían licencias.
La normativa transitoria de la Xunta entró en vigor en noviembre del 2006 y clasificó como zona no edificable la parte posterior de los jardines. En base a ello, el Concello de A Estrada denegó la licencia solicitada en el 2006 por la familia para construir una vivienda en la parcela con frente a la calle Castelao.
Sin embargo, en el año 2012, aquella normativa transitoria fue anulada por un fallo judicial firme y A Estrada tuvo que regresar a la normativa de 1978. Este planeamiento obsoleto está vigente aún, a a la espera de la entrada en vigor del nuevo PXOM, pendiente de la publicación en el Boletín Oficial de Pontevedra (BOP). El Plan a punto de aplicarse preserva la parte posterior de la alameda estradense como zona verde.
Los interesados querían construir una vivienda en la parte posterior de los jardines