El tribunal deniega el recurso de casación presentado por la Sociedad de Caza de Lalín La sala tercera del Tribunal Supremo dictó sentencia en la que desestima el recurso de casación interpuesto por la Sociedad de Caza de Lalín contra sentencia de mayo de 1998 del TSXG, que fallaba a favor de la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de la parroquia de Zobra (Lalín).
05 dic 2002 . Actualizado a las 06:00 h.En concreto reconocía «la procedencia de la segregación solicitada de los montes de la parroquia de Zobra, calificados como vecinales en mano común» de los cotos privados del propio colectivo cinegético lalinense y de un particular. En aquella sentencia, no se hacía imposición de costas; sin embargo, el Tribunal Supremo sí efectúa imposición de costas a la Sociedad de Caza de Lalín. La sentencia señala que la tesis defendida ante el Supremo por la sociedad es contradictoria, y deja sin base su alegato de exceso de jurisdicción, que exponía al entender que el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia había resuelto un asunto de índole civil. Los fundamentos de derecho de la sentencia exponen sin embargo que la Comunidad de Zobra «se dirigió a los órganos de la Administración competente -Consellería de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Comunidad Autónoma de Galicia- solicitando la segregación de determinados montes de su propiedad integrados en sendos cotos privados de caza perfectamente identificados por la sentencia impugnada». Silencios administrativos Añade la exposición que «ante el silencio de la Administración, interpuso recurso de alzada, que el conselleiro autonómico no resolvió expresamente». Por último, «contra la desestimación presunta de la solicitud y del recurso interpuso recurso contencioso administrativo», estimado en el fallo del TSXG. La Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Zobra se había constituido en asamblea el 30 de octubre de 1993, decidiendo ya entonces la segregación de los montes vecinales de los dos cotos de caza señalados. La sentencia dictada por el Tribunal Supremo viene a poner punto final a un largo proceso jurídico, en el que esta Comunidad se mantuvo firme.