La magistrada del juzgado de lo Social número 4 ha fallado en contra de la Autoridad Portuaria y a favor de Emilio García considerando que el despido del ex director de obras del puerto exterior es nulo y obligando a esa administración a readmitirlo en su puesto de trabajo. «La obvia confrontación pública del trabajador despedido determinó que fuera objeto de acoso moral o mobbing por parte de la demandada», explica la sentencia, que obliga además al Puerto a indemnizar a Emilio García con 15.700 euros por daños morales y a abonarle los salarios que no percibió, desde su despido el 23 de noviembre del 2006, que ascienden a 46.566 euros.
En el fallo se cuestiona que la Autoridad Portuaria no haya alegado durante el juicio «razón alguna para justificar dicho cese y que en la carta de despido se aluda a que no se apreciara la existencia de otras funciones a las que pudiera ser asignado, cuando ni siquiera da respuesta a la reclamación previa y en la carta de despido admite la improcedencia».
La magistrada recuerda que Emilio García, ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, había sido contratado por la Autoridad Portuaria como personal laboral fijo en mayo del 2000 y en enero del 2005 fue nombrado director de la obra de punta Langosteira y un año más tarde es cesado de ese puesto. Entre la documentación que aportó el abogado de Emilio García, José Páramo, está una carta en la que su defendido cuestiona el haberse enterado de manera oficiosa del cambio en el organigrama. «Mi profundo malestar por los medios y formas en que he tenido conocimiento de dicha decisión, por los graves perjuicios que ello pudiera causar en mi imagen profesional, sin soslayar el daño moral y emotivo que se ha causado en mi entorno familiar», explicaba y anunciaba que aunque no compartiera las directrices de la dirección de la Autoridad Portuaria las defendería.
Mobbing
También se recogía un escrito del comité de empresa, enviado al presidente de la Autoridad Portuaria, Macario Fernández-Alonso, en el que se criticaba que Emilio García fuese «adscrito en el año 2006 a la Dirección de Planificación, sin contenido, ni carga de trabajo, cuestión que se puede entender de mobbing. Nuestro más enérgico rechazo ante esta postura dictatorial y sin ningún fundamento laboral al no existir causas objetivas para la rescisión del contrato», decía.
Frente a esa opinión, se recoge un escrito del superior de Emilio García, Enrique Manciñeira, jefe del Área de Planificación Portuaria, en el que señala: «No soy conocedor de ningún hostigamiento o acoso», y la carta de despido en la que se explica que «se observa la dificultad de su adaptación al puesto que ocupa en la nueva estructura, sin que tampoco se aprecien otras funciones a las que se pueda ser asignado» y se apunta que «en aras a evitar toda litigiosidad, esta Autoridad Portuaria reconoce la improcedencia del despido».
También se incluyen las declaraciones realizadas en el juicio por varios trabajadores, que apuntaron que se le había relegado con el cambio en la presidencia del Puerto, que atribuían a que Emilio García había sido vinculado al PP, y que para la magistrada «permite intuir el clima de confrontación de tipo político que reinaba al tiempo del cese y la falta de adecuación de las funciones que se obligaban a hacer con las que debería realizar según su categoría profesional».