Alega con audios de Whatsapp que lo engañaron para ejercer de «mula» en una estafa cibernética
VIVEIRO
El caso, procedente del juzgado 1 de Viveiro, quedó visto para sentencia, con la Fiscalía pidiendo para el acusado tres años de cárcel y la defensa la libre absolución
27 feb 2025 . Actualizado a las 13:45 h.El caso, procedente del Juzgado 2 de Viveiro, contra un hombre por un supuesto delito de blanqueo de capitales ha quedado visto para sentencia después de la celebración del juicio en la mañana de este jueves, en la Sala de lo Penal 1 de Lugo.
El acusado, que afrontaba una pena de tres años de prisión, así como una multa de 1.000 euros, además de una indemnización para una entidad bancaria por otros 500, alegó haber sido engañado para dar su número de cuenta bancaria, en la que se ingresó dinero procedente estafa cibernética.
Según la Fiscalía, el encausado contactó con hackers «sin tener conocimiento de las operaciones engañosas llevadas a cabo» por los mismos, facilitándoles su número de cuenta bancaria, del que era titular único, «a cambio de obtener un beneficio económico, como sería cobrar una comisión o porcentaje económicos, para recibir las transferencias realizada por las posible víctimas del referido artificio informático, una vez se pirateasen los software de la aplicación que permite hacer pagos en línea».
De ese modo, «personas desconocidas accedieron a las claves de verificación de la tarjeta de la que era titular una víctima, utilizada para realizar compras a través de internet, permitiéndoles hacer diez cargos no autorizados por 50 euros cada uno, cantidades transferidas a la cuenta de la que era titular el acusado, sin que conste fehacientemente que el encausado transfiriese parte de esos 500 euros a terceras personas». La entidad bancaria reintegró al afectado los 500 euros sustraídos.
El acusado manifestó ser víctima del entramado para las estafas cibernéticas y no el autor del delito. Como prueba aportó unos audios de Whatsapp conforme había sido engañado para dar el número de cuenta en el que se ingresó el dinero de la actividad ilícita, y dárselo a una tercera persona a la que se llevó a declarar, sobre la que pesan denuncias relativas a otros casos similares.
En las conversaciones, esta tercera persona reconocería el engaño, diciéndole que lo sentía y que reconocería su responsabilidad. La defensa apoyó también su alegato en una sentencia de un juzgado de Segovia que absolvió a la pareja del testigo, a la que también habría utilizado sin consentimiento para ejercer como «mula» de estafas cibernéticas. Por todo ello, se solicita la libre absolución del acusado.