El Constitucional refrenda las tesis de la Xunta en la ley de cajas gallega

G. Lemos / S. Vázquez L. Villamor / G. Bareño REDACCIÓN/SANTIAGO/LA VOZ.

ECONOMÍA

Deja todavía sin efecto otros tres sobre los que ya se había llegado a un acuerdo entre Madrid y la autonomía

03 jul 2010 . Actualizado a las 03:22 h.

El Tribunal Constitucional ha decidido levantar la suspensión de ocho de los once preceptos de la ley de cajas gallegas que habían sido recurridos por el Gobierno central en febrero de este año. Cuando en los próximos días se publique el auto, que ya está redactado, se activará el grueso de un texto legal que se había modificado con el consenso de la mayoría de Parlamento gallego con el objetivo de impulsar la fusión entre Caixa Galicia y Caixanova.

El Constitucional dejará en suspenso tres artículos sobre los que, paradójicamente, la comisión bilateral entre los Gobiernos gallego y central había alcanzado ya un acuerdo para modificar su redacción. Se trata del artículo 15, que hace referencia a la situación de déficit patrimonial de la entidad; del 31, en el que se especifica que corresponde a la asamblea nombrar a los vocales del consejo y de la comisión entre los miembros de la propia asamblea, y del artículo 35, en el que se establece que es necesaria la autorización de la Xunta para que el consejo de una caja pueda decidir acudir a una fusión fría.

El Constitucional, cuyo auto no ha sido notificado todavía a la Administración autonómica, que prevé recibirlo la próxima semana, levanta así los artículos que permitían renovar en dos meses el 75% de los órganos de gobierno, excluir de estos a los políticos, fijar la edad máxima de los consejeros a los 70 años y constituir un registro de altos cargos.

Los once preceptos fueron recurridos al Constitucional a través del artículo 164, que obliga al tribunal a aceptar obligatoriamente la suspensión. En ese momento fue considerado un recurso político, ya que mientras los preceptos estaban suspendidos las partes seguían negociando y el tiempo corría en contra de la fusión de las cajas.

El Constitucional tenía que pronunciarse antes del 8 de julio el recurso. Y lo podía hacer levantando o prorrogando la suspensión de los artículos en todo o en parte. Ha levantado aspectos clave de la ley, y ha dejado en suspenso otros sobre los que ya se había llegado a un acuerdo con el Gobierno central. Excepto tres preceptos, todo el texto legal está en vigor. Y, a partir de este momento, el Constitucional tendrá que juzgar si los artículos en discusión se ajustan a la Carta Magna o no. Se calcula que podría tardar entre 3 y 5 años, según explican expertos juristas, quienes destacan también que el hecho del levantamiento de la suspensión significa que el tribunal no ve signos de inconstitucionalidad.

«Non hai ningunha eiva»

Tras conocerse la noticia de la decisión del Constitucional, la conselleira de Facenda, Marta Fernández Currás, compareció ante los medios para felicitarse del levantamiento de la suspensión de ocho de los once preceptos recurridos por el Gobierno. Currás, que apuntó que la Xunta sigue pensando «que non hai ningunha eiva dende o punto de vista constitucional» en los tres preceptos sobre los que se mantiene el veto, subrayó que «xa os tiñamos transaccionados no seo da comisión bilateral feita co Goberno central».

La titular de Facenda hizo hincapié en que la decisión del Constitucional apunta que «o resto dos preceptos, os máis polémicos no seu momento, como o quórum requirido para as fusións ou a autorización da obra social por parte da consellería, parece ser que non están afectadas de inconstitucionalidade».

El levantamiento del veto no supondrá la aplicación inmediata de la nueva norma, ya que «estamos nun contexto totalmente distinto ao que existía no momento de promulgarse a lei», por lo que la Xunta «tomará as decisións precisas para garantir a seguridad xurídica» en el proceso de fusión, «que podería levarse adiante ca lei antiga».