La Justicia anula la exclusividad en el suministro a las gasolineras

Agencias

ECONOMÍA

Los contratos del 80% de las estaciones vulneran la competencia, según el Supremo

25 feb 2010 . Actualizado a las 02:00 h.

El Tribunal Supremo ha declarado nulos los contratos de suministro de carburantes en régimen de exclusividad firmados entre las petroleras y el 80% de la red de estaciones de servicio en España, ya que considera que infringen las normas comunitarias de competencia. El criterio establecido por el alto tribunal tendrá que seguir para otros pleitos similares, aunque la demanda resuelta tiene que ver con Repsol.

«Esta resolución generará más competencia en el sector y propiciará que los precios de los carburantes sean más competitivos», aseveró la defensa del empresario demandado por Repsol por incumplir un contrato de exclusividad. La sentencia, según la misma fuente, abre la puerta para que los propietarios de las gasolineras reciban de las petroleras una indemnización por los perjuicios que desde 1993 les han causado estos pactos, que les impedían comprar carburantes en el mercado libre, donde los precios eran más baratos.

La sentencia indica que ese tipo de contratos vulneran la normativa comunitaria, pues el dueño de la estación de servicio «asume en proporción nada insignificante varios riesgos vinculados a la venta de los productos», como el impago de los clientes. Además, matiza que los contratos de exclusividad no dan a los empresarios la posibilidad real de determinar el precio de venta al público. La patronal de estaciones de servicio valoró positivamente la sentencia, ya que favorecerá la oferta entre los terminales de suministro.

Repsol, que estudia recurrir la sentencia, arremetió contra las gasolineras con contratos de exclusividad, porque «no tratan de favorecer la competencia, sino aumentar su margen comercial y beneficios».