El TSXG valida la licencia del edificio de Elyte en Malpica

Juan Ventura Lado Alvela
juan ventura lado CARBALLO / LAVOZ

CARBALLO

La Xunta alegaba que no tenía suficientes plazas de aparcamiento

16 ene 2011 . Actualizado a las 07:00 h.

La sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia le ha dado la razón al Concello de Malpica y a la promotora Elyte en el litigio que mantenían con la Xunta de Galicia en relación a la licencia de obra de un edificio de viviendas en la zona de Canido.

Pormenores jurídicos al margen, el fallo da por sentadas dos cuestiones fundamentales respecto al inmueble. La primera, que la calle en la que está ubicado cuenta con los servicios necesarios para ser considerada como suelo urbano y, la segunda, que no queda demostrada la insuficiencia de plazas de párking alegada por la Xunta para recurrir la licencia concedida por el Ayuntamiento.

Al contrario que en el caso del bloque de viviendas Playa de Canido, cuya sentencia favorable se dio a conocer hace dos semanas, en esta ocasión la demanda de la Administración autonómica fue presentada dentro de los dos meses de plazo que marca la ley. En consecuencia, el TSXG sí admitió a trámite el recurso de la Xunta, que el Juzgado Número 4 de lo Social de A Coruña había rechazado. Sin embargo, una vez que entraron a valorar el fondo del asunto, la decisión de los magistrados fue igualmente contraria a las pretensiones del Gobierno gallego.

Los abogados de la consellería se referían en su demanda a una prueba «pericial judicial» que demostraria la condición de suelo urbano consolidado de Canido. El tribunal considera que los apelantes debieron confundirla con la de algún otro caso similar por la misma zona dado que en este los informes técnicos en los que se basó el Concello para conceder la licencia acreditan la consolidación o, al menos, los denunciantes no han conseguido demostrar lo contrario.

Respecto al otro motivo principal de controversia, el número de estacionamientos disponibles en el subterráneo, el TSXG admite la tesis de la promotora, que afirma que 19 de las 47 plazas del garaje son dobles, con lo que quedaría cubierta la cantidad de aparcamientos legalmente exigida.

Contra el fallo, que estima parcialmente la demanda de la Xunta pero le quita la razón en el fondo del asunto, no cabe ningún tipo de recurso ordinario. De este modo, el TSXG acaba con un litigio que empezó hace prácticamente seis años y que ha dado lugar a todo tipo de polémicas políticas.

El asunto llegó varias veces al pleno muncipal, en forma de diferentes quejas de la oposición y, tanto el Concello como el gobierno autonómico han tenido que defender sus posturas en los juzgados durante todo este tiempo.