Consultorio fiscal

La Voz

ECONOMÍA

Miguel García, empleado de Hacienda y especialista en cuestiones fiscales, responde las preguntas de los internautas sobre la declaración de la renta.

13 may 2009 . Actualizado a las 16:42 h.

1. Durante el año pasado firme un contrato con R, para llamadas telefonicas e internet. Quisiera saber si este tipo de contratos desgrava, y si es así en qué casilla se pone y qué tipo de justificantes hay que presentar. 

-Si. Es una deducción autonómica. Se aplica un 30% al coste de alta y de internet, con un límite máximo de 100 euros por declaración. Casilla 883. Con respecto a los justificantes, y esto vale para todos los papeles, no hay que presentar nada, pero hay que conservarlos durante los 5 años en los que Hacienda podría pedírnoslos para una inspección.

2. Hola, en un artículo de la Voz de Galicia leo: «Seguros del hogar. La norma dice que se podrán incluir en la declaración los seguros que la entidad bancaria nos haya 'obligado' a firmar para concedernos el crédito hipotecario». Me gustaría saber en que apartado se mete, por que estoy en este caso. 

-Se suma a la deducción por vivienda. Casillas 780 y 781. 3.

3. Desearía saber cómo se puede calcular la cantidad que ha de constar en la casilla 738 correspondiente a la compensación fiscal por compra de vivienda antes del 20 de enero de 2006.

-Esa compensación fiscal nace del cambio legal que afectó a la deducción con vivienda. Ahora se aplica un 15% a todas las cantidades por debajo de 9.015 euros. La cantidad a consignar es la diferencia entre el antiguo sistema y el actual. En concreto, se aplica un 5% sobre los primeros 4.509 euros de lo invertido en vivienda.

4. En el mes de junio no tenía contrato, cuando se hizo la devolución de la primera parte de los famosos 400 euros, y en las siguientes nóminas no he sabido reconocer si se me han reintegrado o no, ya que mis ingresos son variables mes a mes y, por lo tanto, lo son también los descuentos aplicados. La pregunta es si se me deberían devolver ahora con la declaración de la renta y cómo saberlo? Gracias. 

-La deducción de los 400 euros es general, se aplica a todos. En menos palabras: nos restan a todos 400 euros de impuestos. En su caso, si ha tenido retenciones de IRPF en los meses que trabajó deberían haberle adelantado ya algunas cantidades (un máximo de 33,33 euros al mes). Ahora, cuando haga la declaración, en los datos que tiene Hacienda ya va a constar las cantidades que le adelantaron y las que faltan (seguro que los 200 euros que se incluían en junio).

5. Son un particular que no ano 2008 vendín madeira dun monte que teño na aldea. Teño que declarar o importe recibido como Rendemento de actividade económica. ¿Poderían asesorarme acerca dos datos que debo cumprimentar na declaración, o epígrafe que debo poñer, etc.?

-Na casilla 172 ten que marcar o epígrafe 2. Despois incluiremos o precio de venta, se a madeira é de mais de 30 anos ponse na casilla 4, e se é de menos na 7. Ao rendemento resultante aplicaralle na casilla 193 unha reducción do 40% (rendemento irregular).

6. Mi consulta va referida a la compensación fiscal que hay para la gente que adquirió vivienda antes del 20/01/2006. Quería saber mas sobre ello y como es de aplicación. Muchas gracias. 

-Esa compensación fiscal nace del cambio legal que afectó a la deducción con vivienda. Ahora se aplica un 15% a todas las cantidades por debajo de 9.015 euros. Antes se aplicaban porcentajes incrementados para los primeros 4.509 euros (25% para los primeros 2 años y 20% para los siguientes). La cantidad a consignar es la diferencia entre el antiguo sistema y el actual. En concreto, se aplica un 5% sobre los primeros 4.509 euros de lo invertido en vivienda.

7. Tengo un hijo nacido en 1984, que en el 2008 percibió de una empresa y del INEM sobre 8.500 euros, siendo el importe menos, 2.300 euros. ¿Está obligado a declarar? ¿Puedo incluirlo en mi declaracion para desgravar?

-Por los datos que me da su hijo no esta obligado a declarar (el límite con varios pagadores es de 11.200 euros). Pero usted no puede incluirlo en la suya porque su hijo ha tenido unas rentas superiores a 8.000 euros.

8. Soy arquitecto y por mutuo acuerdo en el ej. 2008 ceso mi contrato laboral con una empresa del sector inmobiliario. En ese cese me pagan en conepto de seguro decenal y por todas las obras firmadas una cantidad de dinero que se me imputa como rendimiento del trabajo dándo cómo resultado IRPF a pagar en una cantidad cercana a los seis mil euros. Es correcto esta imputación en un solo año? ¿No es un ingreso irregular que tendré que ir imputando ejercicio tras ejercicio hasta los diez años?

-En principio creo que su antigua empresa tiene razón porque no se trata de una indemnización, sino de unos ingresos de trabajo. Pero sin más datos no me atrevo a afirmarlo. Le recomiendo encarecidamente que lo consulte con Hacienda o con su asesor fiscal, aportando toda la documentación.

9. Un familiar mio recibió una casa de herencia son 6 hermanos pagaron todos las cargas y traspasos a derechos, la vendieron en junio del 2008 por unos 100.000 euros dividido entre 6, esta persona cotiza en Holanda es inmigrante y no declara nada en España. ¿Tendrá que presentar la declaración aquí en España? ¿Tiene que pagar algún impuesto por la venta de la herencia? Y mi otra pregunta sería: yo compré una vivienda residencia habitual, éste es mi primer año a declarar, el IVA cuando se formalizó la hipoteca que serían 5.000 euros, eso lo podría incluir en la declaración aparte de gastos de notaría, seguro, cuotas de gestoría, etc... 

-Su familiar no esta sujeto al IRPF por no residir en España. Cuestión distinta es si por esa venta tendrá que declarar en su actual país. Con respecto a la compra de su vivienda si puede deducirse todos los gastos que enumera.

10-¿Cómo tributa la renta de emancipación básica, es decir los 210 euros para ayuda del alquiler?

-Siento decirte que no esta exenta, tienes que incluirla como ganancia patrimonial, en la casilla 312.

11- Hice mi declaracion en Hacienda y ya la deposité alli. Ahora me entran dudas y voy a llevarla a una gestoria. Suponiendo que esta me convenga más, puedo retirar la primera y entregar esta?

-Si el resultado es distinto tiene que hacer una complementaria a la ya presentada.

12- Quería preguntar si es más favorable la declaración individual o conjunta.

-Respuesta gallega 100%: depende. Normalmente sale mejor conjunta cuando uno de los cónyuges tiene unas rentas muy bajas, pero hay muchos factores que pueden influir, por ejemplo, si hay hijos, pueden ir en una declaración conjunta con uno o con otro (si son todos del matrimonio), ascendientes... En su caso lo ideal es hacer números.

13- ¿Tiene derecho a esa deducción de 400? un pensionista al que no le retienen impuestos en su pensión, pero sí se los retienen en los rendimientos del capital mobiliario, de manera que su declaración le sale positiva, es decir, a pagar?

-Sí. Los 400 euros son una deducción general, para todas las personas que hacen la declaración. En la mayoría de los casos se ha ido adelantando en la segunda mitad del año pasado. Si en su caso no ha sido asi ahora se lo puede deducir.

14- ¿Puede desgrabar si una persona mayor esta pagando una residencia de la tercera edad privada?

-No, no es posible.

15- Estoy pagando obligatoriamente un colegio profesional ¿puedo deducirlo como gasto?

-Sí, es obligatorio para su práctica profesional si. Casilla 12

16- Mi mujer solo tiene unos ingresos de 400 euros de los intereses de un dinero que tiene ahorrado. En le han retenido por supuesto el 18 por ciento. hacienda le mandó una declaracion y a mi otra. ¿con tan pocos ingresos no seria mas conveniente hacerla conjunta?. no la he confirmado ni ella tampoco.

-Con los datos que nos da es casi seguro que les sale mejor conjunta.

17- Dispongo de dos viviendas en localidades diferentes. Una de ellas la utilizo de residencia habitual y es donde figura mi domicilio fiscal. En la otra vivienda reside mi hija durante el perido lectivo, al estar más próxima a la Universidad. Debe imputar rentas inmobiliarias esta segunda vivienda?

-Sí,; un 2% sobre el valor catrastal, o un 1,1% si ese valor esta revisado.

18- Se pueden deducir gastos notario como consecuencia de los tramites del reparto de una herencia y por la compra de una plaza de garaje?

-Como norma general deducen los gastos asociados a gastos o inversiones deducibles; en este caso la compra de la plaza de garaje no deduce, ni los gastos de las herencias.

19- En el 2008 gané aproximadamente 15000 euros brutos en una única empresa. Vivo con mis padres y no he tenido más ingresos de ningun tipo ¿Tengo obligación de presentar la declaración?

-Con esos datos no habría obligación de hacerla; otro tema es que convenga hacerla, mi consejo es que lo compruebes.

20- El año pasado compre mi primera vivienda con mi pareja firmando el contrato de compra-venta al 50% cada uno. Este año nos gustaría poder beneficiarnos de la deducción correspondiente en la declaración de la renta pero la promotora se ha dado en suspensión de pagos y no sabemos que va a pasar. Me gustaría saber sí, ¿es recomendable deducirme la cantidad que corresponda o por el contrario, dada la situación financiera de la empresa, no hacerlo para evitar la devolución más intereses de la misma....? Si decido deducirme dicha cantidad, ¿en qué concepto la devolvería y en que ejercicio?

-Si se han pagado esas cantidades se deben incluir en la declaración del año en que se hayan pagado. Si llegado el fin del plazo (cuatro años) no se hubiese entregado la vivienda se aportaría la documentación necesaria para que Hacienda considerase el retraso como "procedente".

21- Me gustaria saber si puedo prorratear durante 4 años la subvencion de adquisicion de vivienda de 10.000 euros que cobre el año pasado. Entonces este año metería solo 2.500. ¿puedo hacer eso? Si no me sale una salsa. ¿Puedo deducir por el seguro de hogar? Ya lo tenía antes de la hipoteca, pero con ella es obligatorio tenerlo.

-Sí, puedes hacerlo. Pero si optas por la otra opción, te podrías practicar una reducción del 40%, es decir, incluirías 6.000 euros, en una sola vez.

En cuanto al seguro, si la entidad te ha dicho que era obligatorio, puedes incluirlo, aunque sea de otra entidad.

22- Los seguros del hogar y de vida vinculados a prestamos hipotecarios en que apartado se contemplan? se deben de sumar al montante de lo abonado del prestamo?

-Sí, se suman a lo que se paga de hipoteca