La Audiencia impone veinte años de prisión al parricida de Ribadavia

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14 dic 2010 . Actualizado a las 10:27 h.

Veinte años de prisión como autor de un delito de asesinato y otro de robo con intimidación. Dos semanas después de que un tribunal del jurado declarase a Luis Gómez González culpable de haber matado a su padre, la Audiencia provincial ha fijado ya los términos de su condena, imponiéndole una dura sanción que lo mantendrá privado de libertad durante muchos años. Así se recoge en la sentencia, en la que la magistrada presidenta del tribunal, Amparo Lomo, ha tenido en cuenta «la gravedad de los hechos enjuiciados y la peligrosidad del acusado».

Con la resolución, y a expensas de un posible recurso de la defensa, se pone punto final a un caso judicial que comenzó el 7 de junio del 2008 en la localidad de Ribadavia. Según ha quedado probado, entre las ocho y media y las nueve de la mañana Luis Gómez González acudió al domicilio en el que convivía con sus padres con la intención de conseguir dinero. Se dirigió al cuarto de su padre, de 78 años, y, amenazándolo con un cuchillo de cocina, le exigió que le entregase el contenido de una caja de caudales. El padre se negó y eso enfureció más al hijo, que se abalanzó sobre él sin darle tiempo a defenderse y, tras inmovilizarlo, le anudó una servilleta al cuello para estrangularlo, dejándolo inconsciente. Después lo degolló, justo antes de coger el dinero y salir corriendo.

Fuera de casa lo esperaba un amigo con el que había estado de juerga la noche anterior. Precisamente, la declaración de ese testigo ha resultado clave para la resolución del caso, ya que aunque el testigo no presenció los hechos, sí contó que el acusado estuvo en casa de su progenitor la mañana de autos porque se le había terminado el dinero y necesitaba más. Además, explicó que cuando regresó al coche Luis llevaba varios billetes de 50 euros que antes no tenía.

Cuchillo con sangre

Fue en ese turismo en el que se encontraría otra de las pruebas claves del caso. El cuchillo con el que Luis degolló a su padre, que el propio acusado dejó allí y que aún tenía restos de sangre de la víctima, según corroboraron los forenses durante la vista oral.

El hecho de que el imputado ya hubiese sido condenado por robo ha sido tenido en cuenta por la magistrada como circunstancia agravante, como también, aunque como atenuante, que en el momento de los hechos el acusado fuese consumidor habitual de cocaína y heroína.