El año pasado se registraron 706 demandas de trabajadores contra la Seguridad Social
11 ene 2026 . Actualizado a las 05:00 h.Los siete jueces de lo social de Vigo tramitaron 706 demandas que presentaron trabajadores el año pasado reclamando la declaración de invalidez e incapacidad por enfermedad o accidente y una pensión vitalicia que les denegó el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Se trata de una cifra récord, la más elevada de la última década.
Muchas veces, los tribunales concluyen que el lesionado puede seguir trabajando en puestos sedentarios. En otras, admiten que sus dolencias le impiden volver al mercado laboral. Es una batalla larga, porque el que pierde apela al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG). En el 2016, se examinaron 604 casos, en el 2021, en plena pandemia, durante el parón de actividad, se desplomaron a 517, en el 2023, aumentaron a 692 y, el año pasado tocaron techo, con 706.
Recientes sentencias demuestran cómo muchos trabajadores han tenido que pelear por obtener la pensión vitalicia y otros no han visto lograda la prestación que deseaban.
Un albañil autónomo de 57 años
Infarto y cáncer. El Juzgado de lo Social número 6 de Vigo ordenó a un autónomo de 57 años que trabaja de albañil que siguiese en el mercado laboral pese a haber sufrido un infarto agudo de miocardio y padecido un melanoma. Su base reguladora era de casi 1.100 euros al mes. Ya no necesitaba tratamiento oncológico ni tenía dolencias tumorales pero aseguró que le quedaban cicatrices en el intestino por una operación quirúrgica y sentía molestias en el corazón si hacía esfuerzos moderados. El INSS le había reconocido las prestaciones de incapacidad permanente total para su profesión habitual pero él solicitaba la absoluta, lo que equivalía a una pensión vitalicia y su retiro definitivo. El tribunal, al igual que el TSXG, concluyó que el obrero podía trabajar en puestos sedentarios. Sus secuelas «no impiden al recurrente realizar profesiones que no requieran esfuerzo y sean sedentarias», dice el TSXG en una sentencia del 13 de noviembre del 2025.
Un cuidadora a domicilio logra 600 euros de pensión
Le dolía un hombro. El Juzgado de lo Social número 1 de Vigo ordenó a la Seguridad Social que pague una pensión vitalicia (el 75 % de 806 euros al mes) a una auxiliar de ayuda a domicilio de 62 años porque le duele el hombro al rotarlo, tiene tendinitis calcificante y una hernia y no puede andar de puntillas por falta de fuerza en una pierna. Estuvo 18 meses de baja pero cuando pasó la revisión el INSS no le quiso prorrogar ni concederle la incapacidad permanente. Pidió otra baja por tendinitis y fue a juicio en el 2024. El juez sí le concedió la incapacidad permanente total para su profesión habitual derivada de enfermedad común. Consideró que sus dolencias la incapacitaban de forma permanente para desarrollar con la debida profesionalidad y el exigible rendimiento su actividad, la cual implica movilizar a personas discapacitadas ayudándoles a levantarse, vestirse, ducharse, y otras tareas, y «parece evidente que no puede realizarlo». Así lo confirma el TSXG en una sentencia del 24 de noviembre del 2025.
Electricista de 43 años no logra la invalidez absoluta
Amputado. El Juzgado de lo Social número 2 de Vigo otorgó la invalidez absoluta a un electricista de 43 años porque le amputaron una pierna, tiene una hernia discal lumbar y fractura de pelvis y otra en el antebrazo, así como artritis. Sin embargo, el TSXG corrige al magistrado y da la razón en el 2025 a la Seguridad Social, que se negaba a concederle la invalidez permanente absoluta porque las dolencias del trabajador no le imposibilitan para el ejercicio de toda profesión u oficio puesto que aún le resta capacidad residual para tareas livianas o sedentarias y que, además, sus taras no son definitivas. La sala gallega, en una sentencia del 20 de noviembre del 2025, revoca así la invalidez absoluta porque considera que el electricista puede trabajar en tareas livianas pese a su empeoramiento tras un grave accidente en 2023. No podía andar de forma autónoma ni hacer sobrecargas, pero el TSXG cree que, de la sentencia del juez de Vigo, «nada se desprende de que el trabajador no pueda realizar tareas en sedestación, ni nada se recoge sobre una supuesta ausencia de capacidad laboral reglada». Creen que aún se podría revisar su grado de invalidez.
Expendedora de gasolinera pierde la batalla
Con ansiedad. El Juzgado de lo Social número 6 de la ciudad denegó la invalidez a una expendedora de una gasolinera de 56 años y con un 65 % de discapacidad que padecía ansiedad fóbica, la cual la hacía recluirse en casa. El tribunal consideró que sus dolencias no eran duraderas y que sus limitaciones en el trabajo solo se ciñen a los momentos en que empeoran sus síntomas. Tenía una base reguladora de 545 euros. El INSS le denegó a la trabajadora las prestaciones de incapacidad temporal porque las lesiones que padece no alcanzaban un grado suficiente de limitación da su capacidad laboral. Tenía un trastorno de ansiedad generalizado y rasgos desadaptativos de la personalidad, pero todo lo demás estaba bien. La mujer apeló al TSXG: alegó que, en diversos informes clínicos, la veían estresada y con desesperanza, síntomas que la limitaban en el normal desarrollo de las actividades sociales y familiares y necesitaba mantener apoyo psicoterapéutico. El TSXG confirmó la sentencia el 19 de noviembre.
Bedel de geriátrico obtiene la absoluta
Postcovid. El Juzgado de lo Social número 1 de Vigo declaró la invalidez absoluta de la ordenanza de un geriátrico por síndrome postcovid, ideaciones autolesivas y déficit de atención y escasa capacidad de lectura y problemas para controlar su discurso. El TSXG lo confirma en una sentencia del 13 de noviembre del 2025: «Su capacidad laboral está anulada a día de hoy, no solo por sus problemas físicos sino sobre todo por los psíquicos con graves problemas de lectura y habla, problemas para el control verbal y déficit en tareas visuales y de memoria-atención».
Una cajera y reponedora gana una pensión de 400 euros
Hernia y dolor en piernas. El Juzgado de lo Social número 1 de Vigo declaró la invalidez absoluta de una reponedora y cajera de supermercado de 50 años con dolor lumbar, hernia y dolor severo en las piernas. Le concedió una pensión equivalente al 55% de su base reguladora de 832 euros mensuales. El INSS se opuso porque la mujer llevaba tiempo en el paro y, por tanto, no estaba dada de alta cuando tuvo esas dolencias. El TSXG, en una sentencia del 13 de noviembre del 2025, da la razón a la trabajadora.
Una auxiliar de enfermería debe seguir trabajando
Dolor en hombros. El Juzgado de lo Social número 3 de Vigo consideró que aún podía trabajar una auxiliar de enfermería de 57 años que cuida a ancianos y que tiene dolor en el hombro y una hernia lumbar, por lo que no puede coger sobrecargas. El TSXG, en una sentencia del 13 de noviembre del 2025, lo avala porque el recurso fue mal planteado.