El vecino subió por la terraza y entró en el dormitorio de su vecina El acusado alegó ante el Tribunal Superior que acudió a la vivienda tras oír «voces misteriosas»
20 mar 2007 . Actualizado a las 06:00 h.La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) rechazó el recurso de Alberto C.D.R., vecino de Moaña de 40 años, que estaba acusado de allanar la vivienda de su vecina. El alto tribunal confirma la condena de un año de cárcel para el imputado, que además deberá indemnizar a su vecina con 30.000 euros, a quien no se podrá acercar más de 500 metros durante tres años. La sentencia fue dictada el 10 de octubre del 2006 por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, tras oír el veredicto de un jurado popular que le declaró culpable. El acusado trepó desde la terraza de su vivienda, en un noveno piso, a la de su vecina y aprovechó que la puerta de dicho patio estaba abierta para entrar sin conocimiento ni permiso de ésta. La dueña es una madre soltera que vive sola con una hija menor y que, con anterioridad, estuvo a tratamiento. El intruso llegó hasta la puerta del dormitorio, donde dormía la vecina. La mujer se despertó y se llevó un susto al ver al hombre apoyado en su puerta y, de forma contundente, le dijo que se marchase de allí. Según la sentencia, éste le dijo con ánimo intimidante: «Si llamas a la Guardia Civil te vas a enterar, te voy a denunciar a la asistente social para que te quiten a la hija». A consecuencia de dicho asalto, la víctima padeció un trastorno adaptativo con reacción mixta de ansiedad y depresión. Atenuantes Este incidente perturbó la vida cotidiana de la mujer, quien tuvo que darse de baja laboral e irse a vivir a casa de sus padres a causa del trastorno postraumático. La primera sentencia favoreció a Alberto al aplicar una atenuante que le rebajó la pena de cárcel a la mitad. El tribunal concluyó que el acusado tenía una capacidad intelectual límite que le afectó de modo «no muy intenso» y que le anulaba parcialmente la conciencia de si lo que hacía era legal. El imputado recurrió la sentencia porque asegura que escuchó «voces misteriosas» que le incitaban a trepar a la casa de su vecina. Sin embargo, el Tribunal Superior recuerda que el propio acusado dice que subió a la casa de su vecina «por curiosidad», de lo que los magistrados deducen que no hubo ningún error. Estos se basan en que los peritos que intervinieron en el juicio declararon que el sospechoso sabía distinguir perfectamente el bien del mal cuando realizó el allanamiento de morada. El acusado llegó a decir que la mujer le invitaba a subir por la fachada para que «no se enterasen los otros vecinos». La conclusión del TSXG es que Alberto C.D.R. obró a sabiendas de lo que hacía y mantiene la condena inicial.