El Tribunal Supremo (TS) ha considerado que Telecinco y el periodista Javier Sardá, además de su colaborador en el programa Crónicas marcianas Javier Cárdenas, no vulneraron el honor de una persona con minusvalía, a la que entrevistaron, ya que esta dio su consentimiento para hacerlo.
Así lo establece el alto tribunal en una sentencia notificada en la que revoca la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife en el 2006 que dio la razón a Javier Cristo, al entender que el demandante sufría una minusvalía del 66% que limitaba y condicionaba su voluntad, por lo que condenó a la cadena y a los presentadores al pago de una multa de 15.000 euros por intromisión ilegítima en el derecho al honor y la imagen del demandante.
Ahora, el TS entiende que esa deducción no puede aceptarse ya que, en el caso en cuestión, la minusvalía no supone una incapacitación, y el demandante prestó su consentimiento.