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Condenan al patrón mayor de Carril a 18 meses de cárcel y 61.000 euros de indemnización por lesionar a un abogado

R. E. VILAGARCÍA / LA VOZ

SOMOS MAR

José Luis Villanueva, patrón mayor de Carril, en una foto del 2017
José Luis Villanueva, patrón mayor de Carril, en una foto del 2017 EMILIO MOLDES

José Luis Villanueva anuncia que recurrirá esta sentencia

07 ene 2022 . Actualizado a las 04:45 h.

El Juzgado de lo Penal 2 de Pontevedra ha condenado a José Luis Villanueva, patrón mayor de Carril y presidente de los parquistas, por un delito de lesiones al letrado vilagarciano Santiago Prego. Le impone un año y seis meses de cárcel y le ordena indemnizar al abogado con 61.379 euros porque sentencia que lo golpeó, lesionándolo en un ojo. Villanueva anuncia que recurrirá la decisión.

Sucedió el 27 de marzo del 2018. La cofradía de Carril era un avispero y la tensión interna, insoportable. El incidente se produjo tras una reunión en el pósito para abordar la problemática de una serie de permex. El juez considera probado que, alrededor de la una y cuarto de la tarde, Santiago Prego caminaba con dos personas que venían del encuentro, «e por detrás deles ía José Luis Villanueva». Según la sentencia, el patrón mayor, «nun momento determinado» se acercó al abogado, «agarrouno e deulle varios golpes e, en concreto, unha puñada no ollo esquerdo». El puñetazo le provocó «unha rotura retiniana periférica», de la que tardó en recuperarse 528 días y precisó dos operaciones quirúrgicas.

El juez destaca el testimonio de la oftalmóloga que «foi terminante en destacar a orixe traumática da lesión ocular, xa que era un desprendemento de retina moi complexo, síntoma dun golpe contuso». El fallo considera «probado que a causa das lesións foron as puñadas dadas polo señor Villanueva». Añade que el patrón mayor y el hombre que lo acompañaba reconocieron «que o acusado e o señor Prego tiveron unha liorta, ‘se enzarzaron’». El juez, por tanto, resta valor al relato de Villanueva, quien responsabilizaba al abogado de haber iniciado el enfrentamiento y lo acusa de haberle ocasionado, a su vez, lesiones a él, que también fueron denunciadas en su día.

El juez dictamina que esos hechos se corresponden con un delito de lesiones, sancionado en el Código Penal con penas de prisión de entre tres meses y tres años. A Villanueva le impone un año y medio de cárcel y una indemnización que casi triplica los 22.123 euros solicitados por el Fiscal. Entiende el magistrado que los golpes en el ojo tienen un «potencial lesivo importante».