El TSXG eleva la pena impuesta a dos funcionarios del Sergas que accedieron al historial médico de familiares
SANTIAGO
Los dos empleados, que son matrimonio, habían sido condenados en febrero a dos años y medio de cárcel, y ahora el alto tribunal gallego impone tres años y cuatro meses de prisión a la mujer y seis años y medio a su marido
24 may 2024 . Actualizado a las 14:11 h.El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha elevado las condenas que la sección de la Audiencia Provincial con sede en Santiago impuso en febrero pasado a dos funcionarios del Sergas que espiaron el historial clínico de familiares. Ambos empleados públicos, que son matrimonio, habían sido condenados a dos años y medio de prisión. Pero ahora el alto tribunal gallego aumenta la condena a tres años y cuatro meses de cárcel para la mujer y a seis años y medio para su marido. En este último caso, el TSXG no ha tenido en cuenta el atenuante de obcecación.
Además, del mismo modo que en la sentencia de primera instancia, el alto tribunal entiende probado que la mujer accedió con sus claves para ver la historia clínica de su padre y de su hermana. Entre mayo del 2015 y el 7 de diciembre del 2016 lo hizo en 511 ocasiones en el caso de su progenitor y en 303 en el de su hermana. También ha podido demostrarse que parte de la información a la que accedió la presentó ante la Fiscalía de Santiago en diligencias informativas de discapacidad sobre su padre y también en un procedimiento judicial fruto de una denuncia de su progenitor. En cuanto al otro acusado, marido de la procesada, el fallo consideró probado que también accedió a los expedientes clínicos de sus familiares. En concreto, lo hizo en 27 ocasiones al historial de su suegro y en cinco al de su cuñada. Ambos fueron sancionados por estos mismos hechos en expedientes disciplinarios con suspensión de funciones por resolución de la Consellería de Sanidade.
Además de las penas de prisión como autores de dos delitos continuados de descubrimiento de secretos, agravados por la condición ejecutiva de funcionarios públicos, concurriendo los atenuantes de dilaciones indebidas y, solo en el caso de la mujer, el de obcecación, el TSXG ha inhabilitado a la mujer durante cuatro años y nueve meses, y al hombre, durante nueve años.