Acaban siendo juzgados por tocar la campana de una capilla de Lobeira

p. seoane OURENSE

OURENSE

Tiraron la campana, dañaron el campanario y el tejado.

13 jun 2014 . Actualizado a las 06:50 h.

Siendo una tradición la de tocar las campanas de las iglesias durante la noche del San Juan, mal podían suponer dos jóvenes vecinos de Lobeira que acabarían compartiendo condición de acusados en el Juzgado de lo Penal número 2 de Ourense por lo ocurrido en el 2011. Todo iba perfectamente hasta que llegaron a la capilla de San Lorenzo. Manuel D.G. y Rubén O.P., de 29 y 21 años, tiraron como habían hecho en las anteriores, con la fuerza que es normal. «Sé como se tira», dijo ayer uno de los acusados, que, según aclaró, había sido monaguillo. Sea como fuere, los acusados se enfrentan a una petición de multa de 1.440 euros en cada caso. El fiscal pide, además, que paguen por los daños de forma conjunta y solidaria 4.020 euros a la Diócesis de Ourense. Tiraron la campana, dañaron el campanario y el tejado.

La versión de los dos acusados, apoyada por los amigos que iban con ellos aquella noche, se sustenta en que no tiraron con fuerza para hacer sonar la campana, sino con normalidad. Igualmente, desconocían el carácter de bien protegido e inventariado que tenía la iglesia donde se produjo el accidente. Que los testigos hubieran declarado a la Guardia Civil que la actuación se había hecho «con gran fuerza» es algo que sorprendió al defensor. Lo atribuyó, de hecho, a que en los atestados de sus declaraciones se hubiese hecho un simple copia-pega, enfatizando que no es normal que dos personas coincidan en emplear de una forma literal la misma expresión.

Como consecuencia de aquella situación, en el interior de la iglesia hay goteras, según confesó el párroco, que ha preferido retrasar el arreglo a la espera de que se celebrara el juicio y se determinaran responsabilidades. La campana, como aclaró el sacerdote, no requiere de un especial mantenimiento.

El fiscal mantuvo su acusación contra los dos acusados, a quienes atribuye un delito contra el patrimonio al sumar el hecho objetivo del accidente y la condición de bien protegido que tiene la iglesia. Mientras, el letrado encargado de la defensa pidió la libre absolución de los acusados y, en el caso de que sean condenados, que se tengan en cuenta como atenuante las dilaciones indebidas, por los casi tres años que el caso ha tardado en llegar a la celebración del juicio.